Aunque la mayoría de los contratos laborales establecen una jornada semanal de 40 horas, 8 horas diarias, nada impide que los convenios pacten una jornada anual inferior a esta.
Si buscas tu convenio y multiplicas por 8 los días laborables o por 40 las semanas laborables, es muy probable que salgan más horas de lo que dicta el convenio.
JORNADA SEMANAL DE MENOS DE 40 HORAS
Aunque puede parecer que estás cumpliendo con tu jornada laboral trabajando 40 horas semanales, es posible que estés acumulando horas extra no remuneradas.
Las horas extras realizadas tendrán que ser abonadas económicamente o compensadas con tiempo de descanso, ya sea a través de un acuerdo individual o colectivo. Pero muchas empresas no pagan estas horas adicionales ni las compensan con descansos.
Por eso, muchos convenios pactan festivos adicionales, jornadas reducidas en periodos estivales o una jornada semanal de menos de 40 horas.
¿PUEDE UN TRABAJADOR REALIZAR MÁS DE 40 HORAS SEMANALES?
¨La duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo.
La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual¨
Por lo tanto, si trabajas más de 40 horas semanales y la empresa no te paga esas horas adicionales, ni tampoco te compensan las horas trabajadas de más con descansos, estarás haciendo un exceso de jornada.
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