Abogados especialistas Administración Pública

abogados administracion publica

Si necesitas ayuda estamos a tu disposición para ofrecerte el mejor asesoramiento, analizaremos tu caso y encontraremos la mejor solución. Aprovecha nuestra CONSULTA GRATUITA sin compromiso y resuelve todas tus dudas.

Llámanos 900 373 604 o envía el formulario de contacto.

Preguntas frecuentes de nuestros clientes


La expropiación de terreno es un supuesto que está amparado en el artículo 33 de la Constitución Española por interés público. Eso sí, tiene que cumplir una serie de procedimientos.
La expropiación tiene que incluir una necesidad de ocupación y, posteriormente, hay que fijar un justiprecio. Eso sí, el propietario puede reclamar por vía administrativa y, finalmente, por vía judicial contencioso-administrativa. Por otra parte, hay que señalar que la Administración puede echarse atrás en la expropiación a través de la reversión o del mutuo acuerdo con el propietario.
La firma Le Morne Brabant dispone de experiencia y conocimiento para trabajar en pleitos contra la Administración por expropiaciones.
Abogados administración pública Murcia
Abogados administración pública Valencia
Abogados administración pública Alicante
Abogados administración pública Madrid
Procedimiento abreviado

Procedimiento abreviado

¿Cuándo se aplica este procedimiento?, ¿es necesario interponer demanda?

Proceso contencioso administrativo

Proceso contencioso administrativo

¿Qué tengo que hacer para reclamar ante la Administración?, ¿necesito un Abogado?, ¿qué plazo tengo?, ¿cuándo puedo formular las alegaciones?, ¿cuándo puedo proponer las pruebas?

Distribución de competencias

Distribución de competencias

Me he divorciado de mi mujer, ella se ha quedado con la casa y necesito entrar ¿tengo que pedir una autorización?, ¿a quién?

Aspectos generales de la Administración Pública

Aspectos generales de la Administración Pública

¿Que ocurre si me caigo por una alcantarilla?, ¿puedo reclamar a la Administración Pública?, solicité a la Administración una licencia de apertura para un negocio hace un año y no me ha contestado ¿qué puedo hacer?

COMENTARIOS DE Aspectos generales de la Administración Pública


  1. Ana Isabel Garcia-Gil Carretero Responder

    Soy laboral fija de la administración y me gustaría saber si en el concurso de traslados podría optar a plazas ocupadas por personal indefinido no fijo

    • lemorneUSR Responder

      Estimada Ana Isabel, en relación a tu consulta comentarte que en principio depende de la administración autonómica de la que se trate, para poder facilitarte una información personalizada sobre tu caso es necesario que nos contactes a través del formulario de nuestra web. No obstante comentarte que ya hay sentencias en las que se reconoce que cualquier colectivo puede optar al concurso de traslados, como en Badajoz:

      El Juzgado de lo Social nº1 de Badajoz ha dictado sentencia, tras la demanda presentada por USO Extremadura, en la que se reconoce el derecho a trabajadores indefinidos no fijos de la Junta de Extremadura a participar en el turno de traslado regulado por la Orden de 13 de junio de 2018, “en igualdad de condiciones que los trabajadores fijos manteniendo su naturaleza de indefinidos no fijos en caso de adjudicación de destino”, derecho que hasta la fecha les estaba vetado por la Administración Autonómica.

      Según la citada Orden, se convocan a concurso de traslados las plazas vacantes de personal laboral, permitiendo la participación en el mismo solo al personal fijo. Si cualquier trabajador fijo consiguiese la adjudicación de una plaza ocupada por un indefinido no fijo, este sería despedido, como se ha hecho hasta la fecha. Tras esta sentencia, los trabajadores indefinidos no fijos también podrían participar en los traslados y, si otro trabajador consiguiese la adjudicación de la plaza que este ocupa, el indefinido ocuparía otra de las vacantes, por lo que ya no habría cese.

      Ante esta situación y para evitar una avalancha de demandas en este sentido por parte del personal indefinido no fijo solicitando participar en el concurso de traslados, desde USO instamos a la Administración autonómica a modificar la Orden de 13 de junio para adaptarla a la sentencia y permitir la participación de todos los integrantes de este colectivo, que solamente en la Administración General, estarían en torno a 600 trabajadores.

      Con esta sentencia, pionera en la Administración autonómica, se comienza a regular la situación laboral del personal indefinido no fijo, ya que, hasta la fecha, desde Función Pública se les consideraba como personal temporal, aunque el propio Estatuto Básico del Empleado Público y la Jurisprudencia reciente les diferenciaba. Además, se consigue respetar el derecho de todos los colectivos a participar en este tipo de concursos, tanto de los laborales fijos como de los laborales indefinidos no fijos.


AÑADE TU COMENTARIO


Pide cita