4 pasos a seguir para reclamar el IRPH | ¿Cómo reclamar el IRPH?

Para reclamar el IRPH se deben seguir una serie de pasos que entre otros deben incluir el asesoramiento de abogados con experiencia. IRPH hace referencia por sus siglas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios. Es un índice que emplearon las entidades bancarias y cajas de ahorro para concretar los intereses a los que su préstamo hipotecario debía devengar en favor de dicha entidad. Le explicamos cómo reclamarlo con los profesionales de Le Morne Brabant. Al mismo tiempo, le recomendamos consultar otros artículos relacionados con la vivienda. Por ejemplo, este en el que le hablamos de las reclamaciones de cuotas y gastos en las comunidades de vecinos.

A continuación te detallamos lo que se debe tener en cuenta a la hora de reclamar el IRPH. No obstante, si necesitas aclarar más dudas puedes consultarnos de forma gratuita a través de nuestro teléfono 900 373 604 o enviarnos tus datos desde nuestros formulario de contacto.

Puntos a tener en cuenta para reclamar el IRPH

En primer lugar, hay que decir que el IRPH es un índice que ha incidido con un mayor gravamen sobre los clientes de préstamos hipotecarios de lo que hacía el interés fijado en función del Euribor. Esto se debe a que el IRPH dependía de las propias entidades. Por ello, no se considera un cálculo objetivo y sujeto a transparencia. Por esa razón ha sido considerado como cláusula abusiva por muchos tribunales de nuestro país. A continuación le explicamos cómo reclamar el IRPH con Le Morne Brabant. 

1.- Asegúrese de que puede reclamar el IRPH

Naturalmente, en primer lugar, para reclamar el IRPH debemos asegurarnos de que efectivamente podemos hacerlo. Para empezar, diremos que en muchas ocasiones los clientes que suscribían hipotecas no constituían préstamo hipotecario sino que se subrogaron a préstamos con garantía hipotecaria con condiciones propias. Es así que si se dictamina la nulidad de la cláusula del IRPH podría reclamar el IRPH independientemente de si constituyó o no préstamo hipotecario. En este artículo le hablamos de la nueva ley hipotecaria y sus principales cambios.

Así pues, podemos decir que sí puede reclamar el IRPH en los siguientes casos:

  1. a) Suscribió un préstamo hipotecario
  2. b) Se subrogó en el préstamo hipotecario de un constructor o promotor
  3. c) Lo subrogó a través de otra persona o fuente de financiación

Sin embargo, no puede reclamar el IRPH si:

  1. a) Solicitó un préstamo hipotecario en calidad de profesional o autónomo. Esto se debe a que no cuenta como consumidor o cliente de la misma naturaleza.
  2. b) Reclamó el IRPH por demanda judicial y ya hay sentencia que le diera sentencia a favor del banco. En estos casos si bien puede reclamarlo es recomendable que no lo haga por su propia seguridad jurídica.

2.- Documentación necesaria para reclamar el IRPH

Para reclamar el IRPH se requiere la siguiente documentación que, en caso de no tenerla, puede solicitar:

  • Escritura de las ampliaciones o novaciones que se hayan hecho posteriormente al préstamo hipotecario.
  • Escritura del préstamo hipotecario.
  • Recibo del préstamo bancario (el último) si es que todavía sigue pagando su hipoteca, si ya la ha cancelado entonces debe presentar la escritura de cancelación.

2.- Reclamación del IRPH extrajudicial

El siguiente paso para reclamar el IRPH consiste en interponer una reclamación extrajudicial por escrito a la entidad financiera que le dio el préstamo. Esto puede hacerse en cualquier oficina o en su servicio de atención al cliente. De cualquier manera, debe hacerse mediante un escrito bien redactado para que posteriormente no se declare nula. En este sentido, lo ideal es contar con el servicio de abogados especialistas en vivienda como los de Le Morne Brabant. Hay que presentar dos copias que deben ser selladas por la entidad bancaria.

3.- Plazos de la reclamación

Después de haber presentado nuestra reclamación extrajudicial para la eliminación del préstamo bancario y la devolución de todas las cantidades correspondientes a los intereses, se pueden dar varios casos.

  1. a) Se contesta con una negativa: es el caso más frecuente, en el que la entidad bancaria rechaza la devolución de la suma de forma extrajudicial e informarán de que la cláusula es correcta y está firmada ante notario.
  2. b) Se elimina el IRPH y se cambia por el EURIBOR pasándose al reembolso de toda la suma: naturalmente, este es el mejor caso posible. Sin embargo, no es ni mucho menos el caso más frecuente.
  3. c) No recibimos contestación después de reclamar el IRPH: sucede con algunas entidades que no responden a la reclamación. Sin embargo, están obligados a hacerlo dentro de un plazo de dos meses.

De cualquier manera, si no contesta o contesta con una negativa, hay que presentar demanda frente al Juzgado correspondiente.

4.- Demanda judicial

En el caso de que se hayan dado los dos escenarios planteados anteriormente, el de la negativa o el de la omisión, debe contar un servicio de abogados profesionales que pueda asesorarle y continuar el proceso. Es un tipo de reclamación muy específica que requiere de gran precisión y minuciosidad en todo el proceso.

Puede ocurrir o bien que el banco se pliegue a nuestra reclamación judicial y reconozca que la cláusula es abusiva para proceder a su eliminación sustituyéndola por el EURIBOR o bien puede oponerse a ella por considerar que el IRPH no es abusivo.

Es fundamental a lo largo de todo el proceso contar con un abogado especialista en vivienda. Le Morne Brabant es un despacho de abogados en Madrid, Murcia, Alicante y Valencia. Con nosotros podrá obtener la máxima indemnización. Póngase en nuestras manos para reclamar el IRPH con éxito tal y como ya han hecho cientos de clientes.