Cómo se tramita un concurso de acreedores: ¿por qué es importante tramitar en plazo?

El concurso de acreedores es un paso imprescindible para aquellas empresas que no pueden hacer frente a sus obligaciones financieras. Aquí se indica cómo funciona el proceso y por qué hay que tramitarlo en tiempo y forma.

La tramitación de un concurso de acreedores: el proceso y por qué hacerlo en plazo

Los abogados especialistas en concurso de acreedores tienen que proporcionar una función de asesoramiento. Es relevante, también, señalar que hay varios tipos de concurso de acreedores. La normativa marco es la Ley 9/2003, de 9 de julio, Concursal. Sea como fuere, conviene conocer las distintas fases a seguir:

1. Presentación de la solicitud de concurso de acreedores

La tramitación de los concursos de acreedores ha de realizarse ante el Juzgado de lo Mercantil. Lo más importante es que, además, el trámite tiene que hacerse en un máximo de dos meses desde que se conoce la situación de insolvencia de la empresa. La insolvencia puede ser actual o inminente.

Eso sí, para salvaguardar posibles problemas, se puede acoger a un preconcurso. Esto implica informar antes de estos dos meses al juzgado de que se están llevando a cabo acciones extrajudiciales de negociación. Si estas no fructificaran, habrá que optar por la solicitud formal.

La presentación de la solicitud tiene que ir acompañada de determinada documentación. Hay que adjuntar los balances patrimoniales, cuentas de pérdidas y ganancias, extractos bancarios, relación de acreedores y un inventario patrimonial y de derechos.

2. Auto de apertura del concurso de acreedores

El auto de apertura del concurso lo dictamina el juez si ve que hay un peligro real de impago. Cuando se toma esta decisión, los administradores de la empresa se ven suspendidos en sus funciones y el juez designará un administrador concursal. El proceso concursal puede durar un periodo variable, pero en ningún caso más de cinco años.

La apertura del proceso concursal evita que los acreedores puedan iniciar nuevas demandas. Esto supone, por lo tanto, un respiro para comprobar si la compañía es viable.

3. Finalización del concurso o disolución de la empresa

La finalización de los concursos de acreedores puede acabar de dos maneras según la evolución de la misma. En primer lugar, con el pago de las deudas o refinanciación y la vuelta a la administración de los responsables de la empresa. La segunda opción es la fase de liquidación y posterior disolución de la compañía.

Es importante señalar que si no ha habido un proceso concursal iniciado en tiempo y forma, se pueden pedir responsabilidades legales a los administradores. Esta fórmula, que es una evolución de la antigua suspensión de pagos, está concebida para minimizar los daños.

Conclusión

El concurso de acreedores es una opción interesante si se toma en tiempo y forma. La firma Le Morne Brabant puede proporcionar asesoramiento y representación legal de calidad. Es posible contactar con el equipo de abogados con una primera visita gratuita, con un plan jurídico a medio y largo plazo y con facilidades de financiación.

Las formas de contacto con la empresa son varias y seguras. En primer lugar, mediante las videollamadas. Por otra parte, llamando gratis al 900 373 604. Finalmente, rellenando el formulario web que se adjunta.

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