DEVOLUCIÓN DE INTERESES ABUSIVOS EN PRÉSTAMOS PERSONALES

En 2015 el Tribunal Supremo dictaminó que los intereses de demora que estén 10 puntos sobre el interés remuneratorio son abusivos. Asimismo, declaró que se «considera abusivo un interés de demora que suponga un incremento de más de dos puntos porcentuales respecto del interés remuneratorio pactado en un préstamo personal». A partir de ese momento, se abrió la puerta para que los consumidores pudiesen reclamar la devolución de intereses abusivos en préstamos personales.

Este dictamen se estableció sobre préstamos personales o préstamos al consumo, que son diferentes de los préstamos hipotecarios. En los préstamos al consumo, el interés suele ser mayor que en los hipotecarios.

En este tipo de préstamos hay  un interés remuneratorio (ordinario), que se acuerda para la devolución del dinero prestado, y un interés moratorio (de demora), que se da en el caso de impago de las cuotas de devolución del préstamo.

Caso Cofidís- Lemorne

Nuestros abogados especialistas en derecho bancario llevaron esta premisa ante los tribunales, y obtuvieron una sentencia pionera contra una entidad crediticia (Cofidís). En este caso, nuestro cliente vio como el juzgado declaró nulo un crédito por cláusulas abusivas.

El juez declaró nulo el préstamo revolving y estableció que el consumidor no debía pagar los gastos de penalización por impago ni los gastos de seguro. El motivo las cláusulas abusivas.

Son sentencias como esta obtenida por Lemorne las que pueden animar a cientos de consumidores a reclamar la devolución de intereses abusivos en préstamos personales y las que han puesto en punto de mira a entidades crediticias por estos supuestos abusos contra la vulnerabilidad del consumidor.

Reclamar la devolución de intereses abusivos en préstamos personales

En caso de haber impagado alguna cuota, las personas a las que les hayan cobrado un interés moratorio, superior en dos puntos al remuneratorio, podrán reclamar a la entidad financiera la devolución de los intereses moratorios cobrados.

De este modo, si el tipo de interés de demora que te aplican supera en dos puntos el interés de tu préstamo (remuneratorio), y aplicando la doctrina del Tribunal Supremo, se podría exigir a la entidad que modifique la liquidación y que proceda a la devolución de los intereses abusivos.  De esta manera la entidad solo podrá exigir el pago de los intereses ordinarios, pues se elimina cualquier pago adicional  que se derive de la aplicación del interés de demora abusivo.

Si crees que este pudiera ser tu caso y quieres proceder a la devolución de los intereses abusivos no dudes en contactar con los abogados especilistas en derecho bancario de nuestro despacho. Estaremos encantados de ayudarte

 

 

 

 

 

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