El Proceso Penal – Abogado penalista
Los abogados penalistas de Le Morne te detallan las diferentes fases del proceso penal. Si necesitas asesoramiento no dudes en contactar con nuestros especialistas, tiene a su disposición la 1ª cita gratis para resolver todas sus dudas.
Diferencia con el proceso civil
El proceso civil responde a la existencia de relaciones jurídicas en las que predomina la autonomía de la voluntad por lo que la iniciación del proceso queda en manos de los particulares. Mientras que, en el proceso penal, la existencia de un hecho aparentemente delictivo da lugar a la puesta en marcha de la actividad jurisdiccional y una vez iniciado el proceso penal no puede terminar por actos discrecionales de ninguna persona.
Fase de instrucción
Esta fase tiene por objeto preparar el posterior juicio por lo que es en este momento cuando se han de realizar las averiguaciones necesarias y dejar constancia de la perpetración del delito con todas sus circunstancias que puedan influir en su calificación y la culpabilidad de los delincuentes, asegurando sus personas y las responsabilidades pecuniarias de los mismos.
Aquí rigen los principios de oficialidad, la investigación sólo puede realizarse a través de los medios lícitos, el principio de escritura y de secreto de sumario para terceras personas ajenas al proceso.
El inicio de la segunda fase sólo es posible si en la primera el juez de instructor ha dirigido de forma expresa contra persona o personas determinadas.
Fase de juicio oral
En esta fase, las partes delimitan objetiva y subjetivamente el objeto del proceso y por tanto, no podrá ser absuelto ni condenado quien no haya sido acusado, ni podrá serlo por hechos distintos a los afirmados por los acusadores.
Las partes, han de conocer todos los materiales de hecho y de derecho que puedan influir en la sentencia para poder alegar y probar todos los hechos afirmados por ellos.
Rigen los principios de oralidad, inmediación, concentración y publicidad y de igualdad de las partes.
Fase de ejecución
Resulta necesaria cuando la sentencia es condenatoria.
Procedimientos especiales
• Procedimiento abreviado: se aplicará al enjuiciamiento de los delitos castigados con pena privativa de libertad no superior a nueve años, o bien con cualesquiera otras penas de distinta naturaleza bien sean únicas, conjuntas o alternativas, cualquiera que sea su cuantía o duración.
• Procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos.
• Procedimiento para el juicio de faltas.
• Procedimiento da delitos de calumnia e injuria contra particulares.
• Procedimiento para la extradición.
• Procedimiento contra reos ausentes.
• Etc.
El equipo de abogados penalistas de Le Morne Brabant están disponibles para cualquier consulta relacionada con el tema. Realiza una primera cita gratuita en cualquiera de nuestros despachos ubicados en Alicante, Madrid, Murcia y Valencia.