Los contratos de arras pueden traer muchos beneficios tanto al comprador como al vendedor. El más destacable de ellos es que aporta una gran garantía para ambos sobre la venta de una propiedad. A continuación desde Le Morne Brabant y nuestro servicio especialista de abogados civiles le explicamos más sobre sus características y funciones.
Contratos de arras: ¿qué son?
Los contratos de arras son contratos de carácter privado que se firman entre dos particulares y que incluye el compromiso de la compraventa de un inmueble. Así pues, en ellos, el comprador entrega una reserva al vendedor en calidad de garantía en forma económica. Por lo mismo, en los contratos de arras se reúnen todos los detalles que tienen que ver con el acuerdo.
Los contratos de arras incluyen diferentes aspectos que afectan a dicha operación tales como la información personal detallada del comprador y el vendedor incluyendo los documentos de identidad que correspondan, la cantidad de dinero que debe pagarse en concepto de señal, una descripción detallada del inmueble, el tiempo máximo para concretar la venta y el reparto de los diferentes gastos del proceso entre otros detalles eventuales que pudieran surgir.
Por último, hay que decir que en el caso de un matrimonio que vaya a adquirir una vivienda, es suficiente con que uno de los dos firme en los contratos de arras como representante del matrimonio. Si no es un matrimonio, o lo es pero están en régimen de separación de bienes entonces deberán firmar ambos.
Tipos de contratos de arras
Existen fundamentalmente 3 tipos de contrato de arras que son precisamente de los que te hablaremos a continuación.
Contratos de arras confirmatorias
Los contratos de arras confirmatorias son contratos donde se garantiza que la compraventa se va a realizar. Por lo mismo, pueden entenderse como un anticipo y, en consecuencia, la suma adelantada forma parte del precio final del inmueble. Es importante aclarar que a no ser que se especifique, en el contrato, este será del tipo de arras confirmatorias. Así pues, en el caso de incumplimiento de los contratos de arras confirmatorias por parte de cualquiera de las dos partes, el perjudicado puede:
- Exigir el cumplimiento del contrato
- Que se resuelva la obligación de compraventa y además se le aporte resarcimiento por daños y abono de intereses. Estos quedan regulados en el Código Civil y concretamente en el artículo 1124.
Contratos de arras penitenciales
Los contratos de arras penitenciales son una garantía del cumplimiento del contrato, en los que cualquiera de las partes puede desistir libremente del contrato. En el contrato se especifica una cantidad para el caso en que alguna de las partes abandonara la compraventa. En dicho caso, quien desista debe abonar la cantidad fijada previamente. Existen diferentes consecuencias en el caso de que sea el comprador o el vendedor quien incumpla con las condiciones. Si fuera el comprador perderá la cantidad entregada. Si fuera el vendedor, devolverá el doble del anticipo. Todo ello está regulado en el Código Civil, concretamente en el artículo 1454.
Contratos de arras penales
En el caso de los contratos de arras penales, si fuera el comprador quien desiste perderá la cantidad que anticipó. Sin embargo, si fuera el vendedor, devolverá el doble del anticipo. Además, en el caso de que fuera él el comprador tiene derecho a exigir el cumplimiento del contrato y las correspondientes compensaciones por su incumplimiento. Todo ello está regulado por el Código Civil en el artículo 1152.
Esperamos que este artículo le haya servido de ayuda. Para la redacción y todo el asesoramiento necesario en la formalización de los contratos de arras es necesario el asesoramiento de abogados especialistas. En Le Morne Brabant podemos ayudarle en este y otros aspectos que tienen que ver con el marco jurídico y civil. Le sugerimos consultar otros artículos sobre otros temas relacionados.