Abogados herencias: El legado

Abogados herencias: El legado

Abogados herencias: El legado

Abogados herencias LMB: EL LEGADO

¿Qué es el legado?  es una forma de suceder mortis causa a título singular, es
decir, en bienes y derechos particulares de una persona. Los legados sólo pueden imponerse en testamento.

Abogados herencias LMB: EL LEGADO ¿Quién ordena un legado?

El testador.

Abogados herencias LMB: EL LEGADO ¿Quién puede recibir un legado?

Los que puedan recibir por testamento.

Abogados herencias LMB: EL LEGADO, necesidad de aceptación del legado

El legatario no puede ocupar por su propia autoridad la cosa legada, sino que debe pedir su entrega y posesión al heredero o al albacea.

Una misma persona, ¿puede ser al mismo tiempo heredero y legatario?

Sí. El heredero, que sea al mismo tiempo legatario, podrá renunciar la herencia y aceptar el legado, o renunciar éste y aceptar aquélla.

Abogados herencias LMB, el legado: Clases de legados

Abogados herencias LMB, legado de cosa ajena:

El legado de cosa ajena si el testador, al legarla sabía que lo era, es válido. El heredero estará obligado a adquirirla para entregarla al legatario; y, no siéndole posible, a dar a éste su justa estimación.

Abogados herencias LMB, legado de cosa propia del heredero o legatario:

Será válido el legado hecho a un tercero de una cosa propia del heredero o de un legatario, quienes, al aceptar la sucesión, deberán entregar la cosa legada o su justa estimación.

Abogados herencias LMB, legado de cosa parcialmente ajena:

Cuando el testador, heredero o legatario tuviesen sólo una parte o un derecho en la cosa legada, se entenderá limitado el legado a esta parte o derecho, a menos que el testador declare expresamente que lega la cosa por entero.

Abogados herencias LMB, legado de cosa empeñada o hipotecada:

Cuando el testador legare una cosa empeñada o hipotecada para la seguridad de alguna deuda exigible, el pago de ésta quedará a cargo del heredero.

Abogados herencias LMB, legado de cosa sujeta a usufructo, uso o habitación:

Si la cosa legada estuviere sujeta a usufructo, uso o habitación, el legatario deberá respetar estos derechos hasta que legalmente se extingan.

Abogados herencias LMB, legado de crédito:

El legado de un crédito contra tercero, o el de perdón o liberación de una deuda del legatario, sólo surtirá efecto en la parte del crédito o de la deuda subsistente al tiempo de morir el testador.

Abogados herencias LMB, legado de cosa mueble:

El legado de cosa mueble genérica será válido aunque no haya cosas de su género en la herencia.

Abogados herencias LMB, legado de cosa inmueble:

El legado de cosa inmueble no determinada sólo será válido si la hubiere de su género en la herencia.

Abogados herencias LMB, legado de educación, alimentos y de pensión periódica:

  • El legado de educación dura hasta que el legatario sea mayor de edad.
  • El de alimentos dura mientras viva el legatario, si el testador no dispone otra cosa.

Legada una pensión periódica o cierta cantidad anual, mensual o semanal, el legatario podrá exigir la del primer período así que muera el testador, y la de los siguientes en el principio de cada uno de ellos, sin que haya lugar a la devolución aunque el legatario muera antes que termine el período comenzado.

 

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