Abogados herencias: Los Herederos

Los herederos

Abogados herencias:Los Herederos

Abogados herencias: Los Herederos

Cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento, la Ley determina quienes van a ser los herederos, los abogados herencias de Le Morne Brabant nos indican el  orden que sigue:
Abogados herencias : Los herederos

Abogados herencias LMB-herederos: Hijos y descendientes.

Suceden a los padres y demás ascendientes sin discriminación por razón de sexo, edad o filiación; no se distingue por tanto, entre hijos naturales y por adopción, hijos matrimoniales y no matrimoniales teniendo todos ellos los mismos derechos hereditarios
Abogados herencias LMB-herederos: Padres y ascendientes.

Heredan en defecto de los hijos y descendientes del difunto. En estos casos, el padre y la madre heredan por partes iguales y si sólo uno de ellos vive, heredará la totalidad de la herencia. Si no viven los padres, heredarán los ascendientes más próximos en grado (los abuelos). Si viven los abuelos maternos y paternos, la herencia se dividirá entre ambas familias a partes iguales.
Abogados herencias LMB-Herederos: Cónyuge.

Hereda a falta de descendientes y de ascendientes y antes que los familiares colaterales (hermanos y sobrinos)

Abogados herencias LMB-Herederos: Hermanos e hijos de hermanos.

Si sólo concurren hermanos, éstos heredarán por partes iguales; si participan en la herencia hermanos y sobrinos, los sobrinos repartirán entre sí la porción de la herencia que le hubiese correspondido al hermano fallecido (hermano del testador fallecido y padre / madre de los sobrinos que heredan en su representación) Si intervienen en la herencia los hermanos de padre y madre, con los hermanastros (sólo de padre o sólo de madre), los primeros heredarán el doble que los segundos. Si todos son medio-hermanos o hermanastros, unos por parte del padre y otros por parte de la madre, heredarán todos por partes iguales.

Abogados herencias LMB-Herederos: Resto de parientes. 

El resto de parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad heredarán en defecto de todos los anteriores. Más allá de este cuarto grado de parentesco no es posible heredar si no hay testamento.
Abogados herencias LMB- Herederos: El Estado

El Estado hereda en ausencia de todos los parientes anteriores, que a su vez está obligado a asignar un tercio de la herencia a instituciones municipales de beneficencia, acción social, profesionales, tanto públicas como privadas, otro tercio, a instituciones de las mismas características pero de ámbito provincial, y el último tercio a cancelar deuda pública salvo que el Consejo de Ministros determine otra aplicación. Estas instituciones heredarán siempre a beneficio de inventario. Para que el Estado pueda tomar posesión de los bienes hereditarios, es necesario que se realice una declaración judicial instituyéndole heredero.

Nuestros abogados especialistas en  herencias y sucesiones le explicaran con detalle los trámites a   seguir  en cualquier sucesión intestada.

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