Procedimiento abreviado

Se aplicará en los procesos que se sustancien ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo por cuantía inferior a trece mil euros así como procesos en materia de personal que no se refieran al nacimiento o extinción de la relación de servicio de los funcionarios.

Especialidades:

El procedimiento abreviado

El procedimiento abreviado

  • En primer lugar, el proceso se iniciará por demanda a diferencia del proceso ordinario que se inicia mediante escrito de interposición.
  • En segundo lugar, admitida la demanda, el Juez dará traslado al demandado y reclamará el expediente a la Administración demandada.
  • Por último, recibido el expediente, el Juez lo remitirá a las partes y las citará para una vista en la que podrán realizar sus alegaciones. Finalmente, el Juez dictará sentencia en el plazo de días.

Ante cualquier duda sobre el procedimiento abreviado consulte a nuestros especialistas.

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