El concepto de legítima defensa suscita, con demasiada frecuencia, demasiada confusión. Es un concepto jurídico que puede emplearse para justificar frente a un juez los actos que una persona ha realizado cuando pretendía defender su propia integridad. Sin embargo, tiene muchos matices que desde la experiencia de un abogado penalista queremos aclararle. Le Morne Brabant tiene vocación de informar y defender con la ley.
Legítima defensa: ¿qué es?
El concepto de legítima defensa puede suscitar confusión en muchos casos. La legítima defensa está recogida en el Código Penal como liberación de responsabilidades. Esto quiere decir que en el caso de que pueda justificarlas anularía las responsabilidades asociadas al perjuicio que cause por la realización de un hecho aparentemente delictivo. En el caso de que así sea se excluyen penas de prisión y multas asociadas a ese hecho. Al mismo tiempo, tampoco hará frente a la indemnización de daños y perjuicios causados.
¿Cuándo puede tener lugar la legítima defensa?
Imaginemos que una persona se encuentra tranquilamente paseando a su perro por el parque más cercano a su domicilio, sobre las 23:30 h. En esos momentos el parque ya no tiene afluencia de gente. Se le acerca una persona y le pide “amablemente” el dinero, móvil, etc. Está siendo víctima de un delito, de robo. Pues bien, la víctima no quiere entregarle nada y tiene lugar un forcejeo a resultas del mismo la víctima causa lesiones a su agresor, contusiones varias. Estas contusiones podrían ser constitutivas de un delito de lesiones cuyo autor sería la víctima inicial.
Sin embargo, el dueño del perro quedaría exento de responsabilidad penal ya que su agresión fue medio necesario y proporcional para defenderse de un delito. Gracias a la aplicación de la legítima defensa, quedaría libre de toda culpa por las lesiones que le haya causada al que pretendía robarle.
Incluye varios casos que analizaremos detalladamente:
Legítima defensa propia
Se exime de la responsabilidad penal a quien obra en defensa de su persona y sus derechos.
Legítima defensa ajena
Cuando se obra en legítima defensa del cónyuge, de parientes consanguíneos legítimos o ilegítimos reconocidos así como parientes colaterales.
En ambos casos, se aplica cuando concurren los siguientes requisitos:
Agresión ilegítima, falta de provocación por parte del que se defiende y una necesidad racional del medio empleado para impedirla o defenderse de ella. Con racional se entiende que debe ser proporcional. Al mismo tiempo, con suficiente quiere decir que debe ser una reacción adecuada. El defensor no puede haber provocado previamente al agresor.
El ataque debe ser inminente, lo que quiere decir que la legítima defensa contempla los casos en los que se quiere rechazar o impedir una agresión actual pero no los actos de defensa que se realizados después de una agresión. Incluso en estos supuestos, estaría justificada la legítima defensa para minimizar las consecuencias de esa agresión que se acaba de sufrir. Además, se contempla que la defensa debe ser inevitable en el sentido de no haber otro medio o forma de protegerse frente a la agresión.
En cualquiera de los casos, un servicio de abogado penalista es fundamental. En Le Morne Brabant contamos con los mejores profesionales con una amplia experiencia en la defensa de múltiples casos como el de legítima defensa y otros servicios que le animamos a consultar. Contar con un abogado penalista es crucial para obtener un buen resultado en cualquier proceso legal.