Abogados Especialistas en Derecho Laboral

MÁS DE 20 AÑOS AYUDANDO A CLIENTES COMO TÚ.

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  • Contamos con despachos de Abogados especialistas en Madrid, Valencia, Alicante y Murcia.
Tipos de contrato laborales y mercantiles

TUS DEFENSORES EN EL LABERINTO LABORAL

El ámbito laboral puede ser un terreno complejo lleno de desafíos, desde despidos injustificados hasta acuerdos contractuales ambiguos, discriminación, acoso y falta de pago. Si te encuentras enfrentando alguno de estos problemas o cualquier otro relacionado con tu empleo, nuestro equipo de abogados laborales está aquí para ser tu guía y protector.

Entendemos que cada situación es única, y estamos comprometidos en brindarte soluciones personalizadas y estratégicas para abordar tus preocupaciones laborales. Tu tranquilidad y tus derechos son nuestra prioridad. Permitenos ser tu aliado en la búsqueda de justicia y resolución en el complicado mundo laboral.

En los asuntos laborales es esencial el tiempo y los plazos, por lo que nuestro objetivo es poder resolver los conflictos rápido.

Revisamos todos los conceptos para reclamar la máxima indemnización a la empresa.

SOLUCIONES ESTRATÉGICAS PARA TUS DESAFÍOS LABORALES

Comprendemos que cada problema laboral requiere un enfoque único y soluciones efectivas. Desde la negociación de acuerdos laborales justos hasta la representación en casos de despidos injustificados, nuestro equipo de expertos está dedicado a brindarte soluciones estratégicas para abordar tus desafíos laborales. Nos esforzamos por proteger tus derechos y tu bienestar en el lugar de trabajo. Ya sea que necesites asesoramiento legal, mediación o representación en la corte, estamos listos para ser tu defensor y ayudarte a alcanzar una resolución exitosa. Tu satisfacción y seguridad laboral son nuestra máxima prioridad.

ATENCIÓN PERSONALIZADA

ABOGADOS EXPERTOS

PLAN DE VIABILIDAD JURÍDICA

reda kanjaa
reda kanjaa
2023-09-29
Me resolvieron todas las dudas que podía tener. Muchas gracias
Lucio Canoves
Lucio Canoves
2023-09-28
El trato de todos muy amable y mucho profesionalismo.
ARANTZAZU DOMINGUEZ SOTO
ARANTZAZU DOMINGUEZ SOTO
2023-09-28
Me respondieron al email en cuestión de minutos para tener la primera consulta y me dieron cita para el mismo día en la tarde. Tuvimos una videollamada en la que me resolvieron todas mis dudas de forma inmediata, clara y muy sencilla. He encontrado el equipo fantástico para mi caso. Son eficaces, profesionales y con el toque de humanidad que hasta ahora no había encontrado. Gracias Le Morne
yasin h
yasin h
2023-09-28
Muy educados
Leo Escobar Velasquez
Leo Escobar Velasquez
2023-09-26
Excelente atención y asesoría
Loderin Cordero Fernandez
Loderin Cordero Fernandez
2023-09-26
Fui la primera vez y el trato fue excelente siempre están atentos y buscando la manera de que te sientas cómodo y de que el dinero no sea un problema para realizar cualquier proceso.
Albertito!!!
Albertito!!!
2023-09-25
Si la verdad me an sido de mucha ayuda doy las gracias públicamente a todas estas personas que laboran en esta prestigiosas oficina Puedo decir que es un Buffe de Abogados ejemplares para la ayuda a la Sosiedad Muchas gracias por su colaboración
karile montes andino
karile montes andino
2023-09-22
Estoy muy agradecida y complacida con el despacho Le Morne Abogados, en especial con su recepcionista Carol y la consultora Aída, realmente quedé muy satisfecha, entre la amabilidad, profesionalismo, ha sido un gusto, los recomiendo 100%.

PREGUNTAS FRECUENTES DE NUESTROS CLIENTES

La indemnización por despido es la compensación que se da al trabajador cuando este es por causas objetivas o improcedente. Sin embargo, hay que determinar si esta prestación es privativa o ganancial.


Pues bien, en caso de que el matrimonio se haya realizado en régimen de ganancialesla indemnización también lo sería. Este aspecto es importante porque, en caso de divorcio, se podría reclamar la parte proporcional correspondiente.


No obstante, hay que señalar que cuando el matrimonio es en separación de bienes, no procederá el reparto de la indemnización. Esto convendrá para que no haya ningún tipo de mal entendido.

El cambio de empresario no puede afectar en ningún caso al puesto de trabajo de una persona. Así, y según el Artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores y que sirve de referencia para el ordenamiento jurídico, se incluye como obligación esencial y efectiva la de ofrecer estabilidad en el empleo de los trabajadores.


Esto dispone que en caso de que haya cambio de empresario, no se ejecuta la relación laboral de su plantilla.

En consecuencia, el cambio de empresario obliga al nuevo a supeditarse a los derechos y obligaciones del empresario anterior. Es así que debe asumir las disposiciones del anterior también respecto a su plantilla y su trabajo.

Es posible impugnar un despido si se cumplen unos supuestos documentales y plazos de reclamación.


La impugnación del despido se puede realizar si se considera que no se han cumplido los supuestos legales alegados o si se presume una discriminación.

El plazo de reclamación es de 20 días ante el servicio de mediación de la Comunidad Autónoma. Si no hay reclamación durante este periodo, el despido será válido y no cabrá derecho a cobrar indemnización.


Los despidos que se judicializan pueden ser procedentes, improcedentes y nulos. En función de cada caso, habrá derecho a percibir indemnización o no, e incluso a la readmisión.

La indemnización por despido tiene que facilitarse cuando se comunica el mismo formalmente.


¿Cobrar el finiquito supone renunciar a derechos? No, siempre y cuando se haga constar el «no conforme» en el finiquito.

La empresa tiene la obligación de facilitar la indemnización, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y el dinero de las vacaciones.

Lo que sucede es que, a veces, hay discrepancia en si un despido es o no improcedente o si es por causas objetivas.


El trabajador dispone de 20 días desde la comunicación para reclamar una indemnización por despido. Es importante que no pasen los plazos.

El despido nulo es aquel que no es aceptado por la Administración y que implica la readmisión del trabajador.


¿Cuándo se da un supuesto de despido no válido? La condición necesaria es que este se deba a una discriminación demostrable.

Las discriminaciones en un despido son de sexo, etnia, religión e ideológicas. Si hay una vulneración de un derecho constitucional fundamental, no hay lugar a despido.


Las personas que consideren que han sido víctimas de un despido nulo, tienen que reclamar en un plazo máximo de 20 días. Los despachos de abogados de derecho laboral pueden proporcionar el asesoramiento y representación legal necesarios.

Las reclamaciones de cantidad pueden realizarse en determinados supuestos. Hay determinados supuestos que no se pueden soslayar a la hora de defender sus intereses.


Los empresarios que no pagan el sueldo, los que han acordado en el servicio de mediación o que no pagan la indemnización por despido improcedente, pueden ser demandados.

El plazo de reclamación de la deuda es de un año. Si el plazo pasa, la acción va a prescribir.


La idea de las reclamaciones de cantidad es fundamental para que no se renuncie a un derecho.

El despacho de abogados Le Morne Brabant es una alternativa para reclamar cantidades debidas.

Las empresas están obligados a mantener medidas de seguridad laboral. Hay varios supuestos para responder si no hay cumplimiento de las obligaciones.


La Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 es el texto legislativo que regula las obligaciones corporativas. Las compañías empresariales tienen que incluir un plan de riesgos laborales e implementarlos.

El trabajador que sufra un accidente por la falta de ordenación de normas laborales es preceptivo tomar acciones judiciales.


Las posibilidades de denuncia por un accidente por falta de medidas de seguridad laboral son las jurisdicciones civil y penal.

Un despacho de abogados especializado puede aportar el asesoramiento necesario.

El plazo para reclamar accidentes de trabajo se inicia en el momento en que se conozcan las consecuencias.

Este aspecto es importante, porque hay lesiones que solo se conocen a lo largo de los meses.


Cuando se utiliza la vía civil para realizar una reclamación, el plazo es de un año.

En caso de utilizar la vía penal, el plazo aumentará en función de la gravedad.

Es importante, pues, que uno se plantee cuál es la vía más adecuada para elegir.


Conocer el plazo para reclamar accidentes de trabajo es fundamental para tomar decisiones.

Un despacho de abogados puede proporcionar un asesoramiento y representación de calidad.

Es posible recurrir un alta de baja laboral, siempre y cuando se den dos supuestos.


Lo primero que hay que tener en cuenta es que la decisión de la mutua puede impugnarse ante los tribunales.

El enfermo podría acercarse a la Seguridad Social y pedir una segunda opinión para recurrir. La posibilidad es, también, impugnar las altas que da la Seguridad Social. Esta es la posibilidad de ir un paso por delante para que no haya ningún problema.


Un despacho de abogados es una opción interesante para apelar ante cualquier problema. Esta es la mejor manera de hacer valer los derechos

Es importante señalar que, para probar un acoso laboral, conviene seguir unos pasos.


Las pruebas que se aceptan para demostrar un acoso son de varios tipos, aunque no de la misma validez.

En primer lugar, señalar las testificales, tanto de compañeros de trabajo como de superiores.

Otro tipo de pruebas, con más validez, son las documentales, desde órdenes o circulares por escrito a grabaciones a WhatsAppvídeos o fotografías.


El conjunto de pruebas se tiene que presentar ante el juzgado o a nivel interno, en función del protocolo a seguir.

Un despacho de abogados como Le Morne Brabant proporciona el asesoramiento necesario.

El despido verbal ha sido, tradicionalmente, una de las opciones para rescindir relaciones laborales.

Sin embargo, no es válido si no hay una comunicación escrita.


El despido verbal tiene que complementarse con otros documentos para que no haya problemas.

Hay que enviar un burofax o una carta certificada normal cuanto antes y, a ser posible, el mismo día de la comunicación. Esto sí que se consideraría válido porque se preservarían los derechos del trabajador a reclamar.


Esta modalidad de despido se podría recurrir ante la legislación laboral. Lo más probable, de faltar comunicación escrita, es que sea improcedente.

Conocer el plazo para pedir el paro es fundamental para no perder derechos.

Hay un tiempo tasado para acceder a la prestación por desempleo.


La persona que pierda el trabajo tiene 15 días hábiles desde el fin de la relación contractual para inscribirse en alguna de las oficinas autonómicas de empleo.

Es obligatorio darse de alta y, solo a partir de ese momento, se tendrá derecho a percibir una prestación.

Si pasa ese plazo para pedir el paro, la persona perderá el derecho a recibir el paro, también denominado prestación por desempleo.


Es bueno saber que la prestación por desempleo se obtiene independientemente del motivo de la extinción del contrato.

Una empresa puede despedir a un trabajador en cualquier tipo de circunstancia.

Es decir, el despido por estar de baja es posible.


Lo que sucede es que, la mayoría de las ocasiones, a la empresa le va a costar mucho demostrar la procedencia de ese despido.

 La mayoría de las veces, si se reclama, el despido se considerará improcedente y dará lugar a una indemnización.

Es posible, en los casos extremos, que se llegue a considerar nulo y se proceda a la readmisión.


El despido cuando un trabajador está de baja es, pues, un supuesto inusual que suele ser poco rentable a la empresa.

Cuando hay alguien que se pregunta qué es el mobbing o acoso laboral, hay que dar una definición.

Es un conjunto de acciones de hostigamiento psicológico para conseguir que una persona marche de una empresa.


El mobbing puede ser vertical u horizontal.

Los casos de acoso laboral vertical se dan entre superior y subordinado.

El acoso horizontal, en cambio, se da cuando uno o varios compañeros de igual rango acosan a otro.

En cualquier caso, la empresa siempre es responsable civil subsidiaria.


Los casos demostrados de mobbing o acoso laboral pueden tener repercusiones en las jurisdicciones laboral, penal y civil.

Hay varias cuestiones a tener en cuenta en caso de sufrir mobbing.

¿Qué hago si me hacen mobbing en el trabajo?

Hay algunas pautas generales.


Lo primero que hay que hacer es recabar toda clase de pruebas. Pueden servir fotografías, grabaciones, documentos o testimonios de compañeros y/o superiores.

En segundo lugar, hay que presentar la correspondiente denuncia.

El mejor consejo que se puede dar es que se haga la denuncia judicial pero también a nivel interno de la empresa.


Si me hacen mobbing en el trabajo, es importante apoyarse en un abogado especializado en derecho laboral.

El despacho Le Morne Brabant ofrece un servicio integral.

Una de las opciones más recomendables en el caso de que haya sido despedido y no esté de acuerdo con ello, es la firma como recibido y no conformecon el despido.

Es así que posteriormente podrá impugnar el despido teniendo en cuenta dicho procedimiento. En caso de que haya sido despedido, tiene un plazo para impugnar su despido de veinte días.


Este plazo se interrumpe cuando se presenta ante el SMAC y posteriormente se reanuda cuando se celebra el acto de conciliación.

Un despido, en este sentido, puede ser procedente, nulo o improcedente.

En el caso de las indemnizaciones de despidos es de veinte días por año de trabajo y se debe entregar al mismo tiempo que la carta de despido.

En el caso de despido improcedente la indemnización es de 45 días por año trabajado hasta febrero de 2012 y de 33 días desde los despidos producidos posteriormente a dicha fecha.

A continuación, le explicamos lo que debe saber para pedir una excedencia de trabajo.

En primer lugar, existen dos tipos de excedencias, la forzosa y la voluntaria.

Puede pedir una excedencia de trabajo forzosa toda persona que haya sido designado para un puesto sindical o público.

Cuando termina el periodo del mismo, puede reincorporarse a su puesto de trabajo.


En el caso de pedir una excedencia de trabajo voluntaria, puede hacerlo cualquier trabajador.

El requisito es que debe contar con al menos un año de antigüedad en cuyo caso la excedencia podrá durar entre los cuatro meses y los cinco años.

En el caso de que hubiera disfrutado previamente de una excedencia, deben pasar al menos cuatro años para la siguiente.


Pueden encontrarse excedencias voluntarias de los siguientes tipos: para el cuidado de los hijos (por un periodo no superior a los tres años), para el cuidado de un familiar (dos años de duración como máximo) y en ambos casos la excedencia se computará con la antigüedad en el puesto de trabajo.

Para pedir una excedencia después de otra existen determinados plazos de los que le hablaremos a continuación.

El primer requisito para poder pedir una excedencia es tener una antigüedad de al menos un año dentro de la empresa.

Existen excedencias forzosas que se deben pedir cuando se pasa a desempeñar un cargo público o uno sindical.


El periodo de la experiencia puede ser entre cuatro meses y cinco años y pueden pedirse con carácter voluntario para el cuidado de un familiar o el cuidado de los hijos.

Puede pedirse una excedencia de cualquiera de los dos tipos siempre que hayan pasado cuatro años desde la anterior.

A continuación, queremos hablar de algunos de los requisitos necesarios para pedir una excedencia en el trabajo en cualquiera de sus modalidades, tanto la forzosa como la voluntaria.

En primer lugar, para pedir una excedencia es necesario tener una antigüedad de al menos un año en la empresa.

En segundo lugar, no puede haberse disfrutado de una excedencia durante los cuatro últimos años.

En algunos casos es posible ausentarse durante un tiempo del puesto de trabajo bajo el pretexto del cuidado de un familiar independientemente de la antigüedad que se tenga en la empresa.


En el caso de las excedencias por maternidad pueden tener una duración máxima de tres años para cada hijo independientemente de si es natural o acogido siempre que su edad sea inferior a los tres años.

En el caso de pedir una excedencia en el trabajo para cuidar de un familiar, este puede ser de hasta segundo grado de consanguinidad. Para estos casos, debe justificarse que tiene una edad avanzada, que ha tenido un accidente o que padece una enfermedad.

A continuación, queremos hablarle de la formalización del periodo de prueba.

Este queda regulado por el Estatuto de los Trabajadores y concretamente por su artículo 14 y respetando siempre las disposiciones de cada convenio.

Así, la formalización del periodo de prueba debe hacerse por escrito junto con el acuerdo propuesto para la actividad formativa. Igualmente, es obligatoria la correspondiente comunicación al Servicio Público de empleo.


Dicha comunicación deberá hacerse en un plazo de diez días como máximo desde que se formalice. De cualquier manera, y para cualquier proceso de asesoramiento que requiera, le recomendamos que cuente con la ayuda de nuestros abogados laboralistas profesionales.

Las lesiones permanentes no invalidables son situaciones que impiden realizar tareas al 100 %. Hay una serie de criterios a considerar.


Este apartado incluye lesiones, mutilaciones o cualquier otro impedimento de carácter permanente que, sin eliminar la posibilidad de trabajar, suponga una disminución real e irreversible en las capacidades de un trabajador.

El resultado es que la Administración concederá una indemnización fija a la persona que la demande. Este aspecto es importante porque la persona podrá cobrar una indemnización sin renunciar a su trabajo.


Lo habitual es que la persona afectada tenga que reclamar por las consecuencias de sus lesiones permanentes no invalidantes.

El plazo para pagar el finiquito depende de varias circunstancias.

En primer lugar, si la empresa da un preaviso al trabajador no se entrega el finiquito junto a la carta de despido sino en el último día de trabajo. Si es el trabajador el que presenta la dimisión, la empresa debe entregarle el finiquito también el último día de trabajo.

En dichos casos si el trabajador no hubiera hecho el preaviso no existe un plazo para pagar el finiquito aunque la empresa debe hacerlo lo antes posible.


No existe un plazo establecido para pagar el finiquito, aunque este suele darse con la carta de despido o el último día de trabajo.

En caso de hacerse transferencia, tardará dos días generalmente. En algunos casos, las empresas dan la carta de despido, pero no el finiquito con la intención de que pasen los 20 días para la demanda por el despido.


Hay que saber que dicho plazo es funcional aunque no se haya recibido el finiquito ya que el contrato ha finalizado. Si la empresa no paga, se pueden tomar acciones judiciales para reclamarlo dentro de un año tras la finalización del contrato.

Para ello le recomendamos que cuente con el asesoramiento de nuestros abogados laboralistas profesionales.

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