¿Cuándo se aplica un juicio rápido? | Los 5 más comunes

El procedimiento del juicio rápido ha cambiado con el tiempo pero ahora mismo hay una definición común. Esta entrada proporciona información sobre los distintos casos y la importancia de contar con un asesoramiento legal.

Los 5 casos más comunes en los que se aplica un juicio rápido

El sistema de juicios rápidos en el derecho penal se implantó en 2003 con el objetivo de descongestionar la justicia. La idea era que determinados delitos no necesitaban un periodo de instrucción largo para juzgarse y sentenciarse.

Este mecanismo permite acortar la instrucción y facilitar sentencias de conformidad si hay acuerdo con el Ministerio Fiscal. El resultado es que se acortarían sustancialmente los plazos para gestionar cualquier tipo de proceso. Este procedimiento, aunque con variaciones, ha seguido teniendo uso para determinados delitos.

La posibilidad de celebrar juicios rápidos está establecida en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECr). Concretamente en el artículo 795. Hasta el artículo 803, se establecen las condiciones para que se pueda aplicar este tipo de juicio. Son las siguientes:

  • Que la pena de prisión no exceda los 5 años en ningún caso. Cualquier delito que tenga una pena máxima superior tiene que seguir otro camino.
  • Que las inhabilitaciones o suspensiones de derechos no sean superiores a 10 años. Esto, por lo general, va aparejado a la pena máxima de prisión.

Los juicios rápidos se celebran un máximo de 15 días después de la detención, aunque lo normal es que no se tarde más de dos o tres días si hay pruebas. Una vez que se cumplen estas condiciones, hay una serie de delitos que pueden ser juzgados por este procedimiento.

  1. Juicios Rápidos por Violencia doméstica

El artículo 173.2 del Código Penal se refiere a la violencia física o psíquica continuada contra cónyuges, pareja de hecho, hermanos o familiares próximos. En este caso, las penas son de 6 meses a tres años y suspensión de la patria potestad.

La función de los juicios rápidos, en este caso, es la de salvaguardar la integridad de la víctima. Se busca una sentencia rápida para que las medidas cautelares se puedan aplicar y, con ello, la víctima tenga acceso a la protección necesaria. Esta es la principal motivación del Juicio Rápido por violencia de género, tal y como se plantea, dado que proporciona esa seguridad.

Por otra parte, hay que señalar que los delitos más graves, que sí excederían los 5 años de prisión, pasarían a otro proceso.

En cualquier caso es recomendable asistir con un abogado particular especialista en Penal que conozca bien la ley, tenga experiencia y defienda los derechos de su representado.

  1. Juicios Rápidos por delitos contra la Seguridad Vial

Los delitos contra la seguridad vial son los derivados de una conducción imprudente y/o temeraria. Las penas pueden ser económicas y/o de prisión (hasta 5 años).

Algunos ejemplos prácticos son conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas, hacerlo de manera manifiestamente peligrosa o exceder los límites de velocidad en un determinado porcentaje.  La idea es que el conductor supone un peligro, no sólo para sí mismo, sino también para los demás conductores y/o peatones. Este tipo de delitos se han multiplicado los últimos años, tanto por la reducción de las cantidades de alcohol permitidas como por los controles masivos de alcoholemia.

El resultado práctico de estos procesos de juicios rápidos por delitos contra la seguridad vial,  es que se determina con mucha rapidez la decisión del Juez. No en vano, el atestado policial suele hacerse in situ y los principales problemas son los defectos de forma. Por este motivo recomendamos consultar con el asesoramiento de un buen abogado especialista que proteja sus intereses y defienda sus derechos.

  1. Juicios Rápidos por Robo

El delito de robo también está sujeto a este tipo de procedimiento, puesto que las penas son de uno a cinco años. Sólo si hay otros delitos aparejados con pena mayor, se juzgaría por otro canal.

¿Cómo se determina si hay delito de robo? Hay una serie de casos que sirven como ejemplo. Cuando ha habido una intimidación a un tercero, una entrada o salida por la fuerza para conseguir el botín o la cantidad que se ha conseguido excede una determinada cifra (400 euros). Es conveniente, pues, comprobar si se ha cumplido el mínimo para cerciorarse de que este procedimiento es legítimo.

Los juicios rápidos, cuando se da esta casuística, dependen, sobre todo, de la facilidad con la que se disponga de pruebas.

  1. Juicios Rápidos por hurtos

Las últimas reformas del Código Penal eliminaron la distinción entre falta y delito, de manera que las antiguas faltas pasan a considerarse delitos leves. Este es el caso del hurto, por ejemplo, regulado en el artículo 234 del Código Penal.

Para diferenciar correctamente el hurto del robo, tienen que concurrir dos circunstancias. En primer lugar, que la apropiación no haya sido en ningún caso violenta ni intimidatoria. Por otra parte, que la cuantía de lo que se haya sustraído no exceda los 400 euros. Este es el tipo penal que se aplica, por lo general, a los carteristas y descuideros.

La praxis habitual indica que estos juicios suelen ser rápidos y las instrucciones, breves.

Esto se debe a que la detención suele ser cuando se comete el delito o muy poco después.

Una vez el denunciado ha sido detenido, puede ser asistido por un abogado especialista en la materia de oficio, esto no quiere decir que sea gratis, sino que se le asigna de urgencia, en el caso de que no tenga ninguno privado. Es recomendable poder ser asistido por un abogado penalista, privado.

  1. Juicios por tráfico de drogas

El tráfico de drogas es un delito que, por regla general, conlleva penas más severas que las de los juicios rápidos. Lo que sucede es que el artículo 368 del Código Penal permite discriminar entre los distintos casos.

El pequeño traficante que vende droga para consumo propio y que tiene una situación de toxicomanía puede acogerse a este supuesto. Lo que sucede, en la práctica, es que se discrimina entre el lucro y la necesidad de vender para poder consumir. Hay que señalar, también, que este supuesto sólo se aplicaría para las consideradas drogas blandas como el hachís o la marihuana.

Lo que se busca con esta legislación es limitar el castigo sobre los toxicómanos, con el objetivo de facilitar su rehabilitación. Por lo tanto, y siempre que se pueda demostrar el consumo personal, el procedimiento irá por esa vía.

Conclusión

El juicio rápido es, en principio, un procedimiento garantista, pero no por ello ha de dejar de estar monitorizado. ¿Necesita asesoramiento o representación legal para poder defender mejor sus intereses ante un juzgado? La firma Le Morne le puede ayudar porque cuenta con un equipo de abogados que están especializados en derecho penal.

Contacte con el despacho, la primera visita es gratuita. Puede hacerlo llamando al número de teléfono gratuito 900 373 604, rellenando el formulario web o mediante videollamada.