
SENTENCIA DEL CONSTITUCIONAL SOBRE EL CONFINAMIENTO: LAS CINCO PREGUNTAS DE LOS CIUDADANOS
Impedir la libre circulación de personas por las vías o espacios de uso público, salvo para actividades esenciales como a adquisición de alimentos, el desplazamiento al puesto de trabajo o a un centro sanitario tal como lo hizo el gobierno en marzo de 2020 no se ajusta al espíritu de la Constitución. Tampoco son constitucionales impedir la circulación de vehículos