Abogados derecho inmobiliario: Empadronamiento

¿En qué consiste el empadronamiento? Aunque en un principio, tal y como se explica a continuación, es un procedimiento muy sencillo, si tuviera algún problema o duda relacionada con el empadronamiento o cualquier otro tema que tenga que ver con el Derecho Inmobiliario, no dude en ponerse en contacto con el bufete de abogados Le Morne Brabant. En el despacho de abogados de Le Morne Brabant encontrará a los mejores abogados especialistas en vivienda y en Derecho Inmobiliario.

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

Para poder realizar un empadronamiento es necesario establecer un domicilio, el cual no es necesario que sea de su propiedad puede ser en alquiler o en casa de un familiar o un amigo.

Empadronamiento

Empadronamiento

¿Qué es?

El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos.

Documentación general

Se ha de solicitar en la Oficina del Ayuntamiento que le corresponda de acuerdo a su domicilio.
• Hoja de inscripción padronal firmada por la totalidad de las personas mayores de edad.
• Fotocopia del documento nacional de identidad de los mayores de edad.
• Libro de familia o documento que acredite la guarda y custodia de los menores.
• Justificación de la utilización de la vivienda.

Cambio de domicilio

Si cambias de domicilio hay que solicitar por escrito el alta en el municipio donde se fije la nueva residencia. El nuevo municipio solicitará la baja de tu anterior empadronamiento.

Volantes de empadronamiento

Se entregan en el momento de la petición por el propio interesado, presentando una fotocopia del Documento Nacional de Identidad, libro de familia, pasaporte, carnet de conducir o documento identificativo de carácter público y valor análogo.
Quienes acrediten un interés legítimo (en principio las autoridades públicas y los Jueces y Tribunales) pueden solicitar el volante de empadronamiento de otra persona.
Cuando el interesado no lo realice personalmente, la persona que lo representa deberá presentar la copia del Documento Nacional de Identidad del representado, en su defecto libro de familia o documento sustitutorio de análogo valor.

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