Diferencia entre matrimonio y pareja de hecho – Abogados divorcios

En Le Morne Brabant, nuestros abogados de divorcios le hablan sobre la diferencia entre matrimonio y pareja de hecho, uno de los temas fundamentales a la hora de analizar y conocer el tipo de relaciones que puede establecerse entre dos cónyuges. Entre estos dos tipos de unión existen una serie de diferencias y similitudes que queremos explicar a continuación. De paso, hablaremos de cuáles son sus características principales para aclarar dicho punto.

Diferencia entre matrimonio y pareja de hecho

Comenzaremos hablando de la diferencia entre matrimonio y pareja de hecho para, posteriormente, ahondar en algunos de los aspectos que son similares en ambos conceptos.

Permisos a la hora de unirse

En el caso de la unión de pareja de hecho, el Estatuto de Trabajadores no incluye permisos especiales después de que esta se haya producido. Puede haber excepciones en función del Convenio Colectivo al que pertenezca un trabajador.

Régimen económico en ambos conceptos

Tanto en el matrimonio como en la pareja de hecho puede elegirse el régimen económico de la unión. En efecto, no se aplica por defecto el régimen de gananciales ni tampoco la separación de bienes: sin embargo, es posible mediante registro de documento público recoger el convenio entre ambas partes.

Ruptura de la unión

En el caso de algunas Comunidades Autónomas como País Vasco, Navarra, Aragón, Cantabria, Islas Baleares y Cataluña se regula la cuestión de la pensión compensatoria o económica para el miembro desfavorecido después de la ruptura. Sin embargo, para el resto de Comunidades Autónomas podemos decir que la ruptura de la pareja de hecho no tiene compensaciones. Este sería, según el ámbito geográfico, un punto en común o una diferencia entre matrimonio y pareja de hecho.

Sin embargo, y siempre en determinados supuestos, se puede acudir a la vía judicial para que un Juez establezca si existe o no derecho a dicha compensación en forma de pensión para parejas de hecho.

Derechos para la sucesión

También en la cuestión de los derechos de sucesión se dependerá de la legislación de cada Comunidad Autónoma. Es así que Islas Baleares, Aragón, País Vasco y Navarra reconocen derechos similares a los de los cónyuges. En las demás, los casos se regulan por el Código Civil, por lo que si no hay testamento que lo exprese no hay derechos hereditarios.

Tributación

En lo que respecta a la fiscalidad, hay que decir que una pareja de hecho no puede tributar con el modo de declaración conjunta dentro del IRPF.

Aspectos similares en el matrimonio y la pareja de hecho

Como abogados de divorcios, pasaremos a hablar de los aspectos que tienen en común.

La cuestión de los hijos

En cualquier unión la prioridad es la del derecho de los hijos: en todo el territorio se establecen obligaciones y derechos sobre ellos para los padres así como el derecho a sucesión de los hijos. En este sentido no existe ninguna diferencia entre matrimonio y pareja de hecho.

Cuando se lleva a cabo la ruptura se establecen una serie de medidas encaminadas a proteger a los hijos de forma integral. Entre ellas estarían la pensión de alimentos, la guarda y custodia, el régimen de visitas para el cónyuge que no tenga la guarda y custodia, etc. Sí pueden existir diferencias en cuanto al proceso judicial, mas sus medidas serán similares.

Pensión de viudedad

Otro de los aspectos en los que no existe diferencia entre matrimonio y pareja de hecho es la pensión de viudedad. En el caso de la pareja de hecho se debe acreditar mediante el empadronamiento, justificando la convivencia durante al menos un periodo de cinco años antes del fallecimiento del cónyuge. Al mismo tiempo deben estar inscritos como pareja de hecho al menos desde hace dos años. A la hora de percibir dicha pensión, se presta atención también a la cantidad de ingresos que tiene el cónyuge no fallecido.

Procesos de adopción

Hemos hablado antes de las similitudes que existen en el caso de tener descendencia. Específicamente en relación con la cuestión de la adopción, hay que decir que tanto en el caso del matrimonio como en el de las parejas de hecho puede darse la adopción conjunta o sucesiva por parte de cualquiera de los cónyuges. También la adopción de la descendencia de una pareja unida previamente con la misma afectividad.

Cómo se define la unión de pareja de hecho

Para aclarar aún más la diferencia entre matrimonio y pareja de hecho queremos hablar de la definición de esta última. Así, según la definición del Tribunal Supremo hay que decir que la pareja de hecho es una unión pública y libre de carácter estable entre dos personas. No tiene en cuenta, por tanto, la orientación sexual de las mismas. El único criterio que se tiene en cuenta es el de la relación de afectividad que existe entre ambas partes.

Podemos decir que, en el caso de las parejas de hecho no existe ninguna ley concreta que las regule para todo el territorio. Por el contrario, dicha regulación y sus trámites dependen de hecho de cada Comunidad Autónoma, por lo que sus condiciones pueden variar. En muchos casos sí se establece como mínimo el requisito de que hayan convivido durante al menos dos años.

Por su parte, en el caso del matrimonio se debe acreditar capacidad patrimonial según el Código Civil (artículo 56) y otorgar consentimiento ante una autoridad que sea competente. Con ello se obtiene el acta de unión que es la que se inscribirá en el Registro Civil.

Ahora bien, en ninguna de las dos uniones pueden darse determinadas condiciones que actúan de forma restrictiva para ellas. Para el caso de las parejas de hecho, si se cumplen las condiciones, se podrán inscribir en el Registro de Parejas de Hecho correspondiente a su Comunidad Autónoma. En cuanto a las restricciones que hemos mencionado, hay que decir que no pueden contraer matrimonio ni unirse en pareja de hecho menores que no estén emancipados.

Tampoco podrán hacerlo personas que estén ligadas por un vínculo previo de matrimonio que no haya sido antes disuelto por la vía judicial. Por último, tampoco podrán unirse parientes con consanguinidad hasta el tercer grado.

Esperamos que este artículo le haya servido de ayuda. Le recordamos que puede usar nuestro servicio de consulta abogado gratis online con el que podrá consultar a nuestros abogados especialistas en divorcios y separaciones

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