¿Volver a la oficina es obligatorio?
El Covid-19 ha cambiado los hábitos laborales y, también, los protocolos. Lo que sucede es que muchos ignoran si tienen la posibilidad de negarse a volver a la oficina por precaución. Los abogados laboralistas pueden ofrecer claves prácticas. Este artículo proporciona información acerca de los aspectos que hay que tener en cuenta.
Volver a la oficina: ¿es posible negarse?
El primer aspecto que hay que señalar es que, desde el 21 de junio, se ha vuelto a la situación anterior al Estado de Alarma. Esto significa que, salvo excepciones, existe la obligatoriedad de asistir al puesto de trabajo.
Ahora bien, esta obligatoriedad está condicionada a una serie de cuestiones. La salud se considera prioritaria, de manera que sí hay situaciones en las que se podría negar a regresar a su puesto de trabajo. Eso sí, no se puede dejar de ir al trabajo por precaución si no hay un motivo. El miedo, sin más, no se puede alegar como razón para no ir a trabajar, y sobre ello ya ha habido algunos casos.
Existen dos casos concretos en los que uno se puede negar a trabajar. Estos son los supuestos por los que una persona puede rehusar volver al trabajo:
1. Sintomatología de Covid-19
Las personas que tengan sintomatología compatible con el Covid-19 tienen, no solo el derecho, sino el deber de ausentarse del puesto de trabajo. Por otra parte, tienen que notificar esta circunstancia a sus superiores y a las autoridades sanitarias.
En el momento en que hay una sospecha firme de sintomatología, el protocolo es no acudir al puesto de trabajo. Solo se tendría que regresar una vez que las autoridades sanitarias constaten que no hay ningún peligro. En consecuencia, hay una responsabilidad que tiene que partir del trabajador.
Es conveniente, sin embargo, señalar que estos protocolos tienen que partir de la prevención. Esta es la manera de minimizar los problemas.
2. Falta de medidas de seguridad
Las empresas están obligadas a tomar una serie de medidas de seguridad extraordinarias. Por otra parte, tienen también el deber de facilitar a los trabajadores los medios para realizar su tarea sin problemas.
Las empresas tienen que proporcionar, por ejemplo, gel hidroalcohólico y desinfectante de superficie. En algunos centros de trabajo, también tienen que facilitar guantes. Finalmente, se tienen que respetar las distancias de seguridad para evitar contagios. Todas estas medidas pueden modularse en función del tipo de empresa, o incluir otras nuevas.
La diferencia con otros modelos es que, en este caso, hay que notificar a las autoridades esta situación antes de negarse a trabajar. El cuerpo de Inspección de Trabajo determinará si, efectivamente, hay infracciones.
Conclusión
La obligatoriedad de volver a la oficina es generalizada, aunque existen causas que permiten negarse a ir al puesto de trabajo. La firma Le Morne Brabant cuenta con un gran equipo de abogados laboralistas. Hay que señalar que la primera visita es gratuita y que se ofrecen facilidades de financiación.
Las opciones de contactar con el despacho con tres. En primer lugar, llamando al número gratuito 900 373 604. Por otra parte, rellenando el formulario web. Finalmente, mediante nuestro servicio de consulta abogado gratis online.