¿Estás pensando en mudarte a España y trabajar en remoto? Si eres nómada digital y quieres establecerte legalmente en este país, la buena noticia es que puedes hacerlo gracias al visado específico para nómadas digitales.
En Le Morne Abogados somos especialistas en extranjería y podemos ayudarte en todo el proceso para que tu solicitud sea sencilla y exitosa. De hecho, podemos presentar la solicitud directamente a través de la Unidad de Grandes Empresas, evitando trámites innecesarios.
Además, si ya estás considerando dar el paso, te invitamos a leer nuestro otro artículo sobre cómo vivir como nómada digital en España, donde también respondemos a preguntas frecuentes: ¿Cómo vivir como nómada digital en España?
¿Qué es la visa de nómada digital en España?
Es un visado que permite a trabajadores en remoto (empleados o autónomos) vivir legalmente en España mientras trabajan para empresas o clientes fuera del país. Se puede solicitar tanto desde el extranjero como estando ya en España con un visado de turista.
Si accedemos a esta visa a través de un visado desde el país de origen, la duración inicial será de un año, salvo que el periodo de trabajo sea inferior. Si accedemos a este permiso desde España, la duración inicial es de tres años.
Requisitos para solicitar la visa de nómada digital
- Antecedentes penales: Debes aportar un certificado de antecedentes penales del país o países donde hayas residido en los últimos 5 años. Este documento debe estar legalizado o apostillado, y traducido por un traductor jurado si no está en español.
Acreditar formación o experiencia: haber estudiado un grado, posgrado, formación profesional o en una escuela de negocios de reconocido prestigio, o tener al menos tres años de experiencia profesional relacionada con tu actividad.
- Tu trabajo debe poder realizarse 100% en remoto: tu empresa debe estar fuera de España y debe darte permiso por escrito para trabajar en remoto. Si eres freelancer o autónomo, debes demostrar una relación profesional estable desde hace al menos 3 meses, y que el 80 % de tus ingresos provienen del extranjero. Además, la empresa o empresas para las que trabajes deben haber estado operativas al menos un año.
- Ingresos económicos: el titular principal debe demostrar ingresos mensuales mínimos de 2.762 €, lo que equivale al 200 % del Salario Mínimo Interprofesional (2025). En el caso de tener familiares a cargo, el primer familiar deberá contar con un ingreso adicional del 75 % del SMI, es decir, 1035 € mensuales. Por el resto de familiares, se requiere un 25 % del SMI adicional por cada uno, lo que corresponde a 346,50 € mensuales.
Esto equivale a un ingreso anual mínimo de 31.752 € para el solicitante principal.Si bien, UGE, viene requiriendo un mínimo de 33. 000 €.
- Seguro médico: necesitas contratar un seguro médico privado válido en toda España, con cobertura completa (no vale un seguro de viaje), por el mismo periodo de tu estancia autorizada.
Documentación que deberás presentar
- Copia completa del pasaporte vigente (mínimo 12 meses de validez).
- Certificado de empadronamiento si ya estás en España.
- Certificado de antecedentes penales, legalizado/apostillado y traducido.
- Seguro médico privado con cobertura en España.
- Acreditación de ingresos económicos (extractos bancarios, contratos, facturas, etc.).
- Titulación académica o prueba de experiencia profesional.
- Documentación que acredite tu relación profesional (contrato de trabajo, certificados de empresa o clientes, etc.).
- Certificados que acrediten la actividad real y continuada de las empresas con las que colaboras.
- Certificado de cobertura de Seguridad Social o, en su defecto, compromiso de alta en España. Si bien esto último con enormes deducciones.
- En caso de ser autónomo, también es necesario aportar: pruebas del tipo de actividad profesional, así como el justificante de registro fiscal en el país donde tributan.
Recuerda: todos los documentos en otro idioma deben estar traducidos por traductor jurado.Además, Si se trata de un certificado no expedido por autoridades extranjeras debe venir debidamente legalizado /apostillado.
¿Por qué elegir el visado de nómada digital?
A diferencia de otras residencias en España como la no lucrativa (que no permite trabajar), el visado de nómada digital sí te permite ejercer tu actividad económica de forma legal desde el primer día, siempre y cuando no superen el 20% de tus ingresos.
Además, este tipo de permiso tiene implícito la opción de poder aplicar la “ley Beckham” en el ámbito tributario. Por ello, puede acogerse a esta ley tanto la persona que cuente con este permiso como su cónyuge.
Esta ley permite mantener la tributación de rendimientos y otros activos en el país de origen. El trabajador solo debe rendir cuentas a la administración tributaria por los rendimientos obtenidos únicamente en España.
¿Cómo solicitar el visado de nómada digital?
En Le Morne Abogados te acompañamos desde el primer paso hasta la obtención del visado. Nos encargamos de revisar tus documentos, presentarlos correctamente mediante la Unidad de Grandes Empresas, para que no tengas que preocuparte por nada. Trabajamos con clientes de todo el mundo, y nuestra primera consulta es gratuita.
Si estás listo para dar el paso y vivir en España como nómada digital, contáctanos hoy mismo. Hacemos que el proceso sea más fácil, más rápido y sin errores.
Pide tu consulta gratuita con nuestros abogados de extranjería.

Este artículo ha sido elaborado por el equipo de Le Morne Abogados y revisado por nuestra abogada Jennifer Muñoz. Abogada experta en extranjería.