La ley española tiene varias jurisdicciones en función de la naturaleza de cada caso. Este artículo explica las diferencias entre responsabilidad penal y civil.
Las principales diferencias entre responsabilidad penal y civil
Lo cierto es que las responsabilidades civiles y penales tienen varias diferencias. Esto supone, en la práctica, que conviene conocer cuál es el alcance de cada tipología de caso. El resultado es que serán mucho más útiles las acciones que se realicen y se conocerán las consecuencias.
1. Jurisdicciones
El primer aspecto a tener en cuenta es que la responsabilidad penal solo se puede dar en causas juzgadas por la jurisdicción penal o militar. Para poder reclamar estas responsabilidades desde otra jurisdicción, el juez tendría que deducir testimonio e informar a la Fiscalía. En cambio, la responsabilidad civil sí que se podría reclamar en procedimientos penales.
2. Sanciones
La segunda diferencia, y la principal, es que las responsabilidades penales pueden incluir penas de privación de libertad. En cambio, una responsabilidad civil va a ser siempre de tipo pecunario, sea esta mayor o menor en función del caso. La idea es que los casos penales tienen una dimensión de mayor gravedad y el correctivo tiene que ser proporcional. Esta es la manera de saber bien cuál es la diferencia.
3. Prescripción
Otro aspecto a diferenciar es el plazo de prescripción, que varía sensiblemente en función del caso y del delito. Lo normal es que la prescripción en casos penales sea entre 6 meses y 15 años en función de la gravedad. En cambio, la prescripción en casos de responsabilidad civil se limita a los 5 años. Cualquier acción de denuncia o reclamación penal puede realizarse por un ciudadano anónimo, pero las responsabilidades civiles han de reclamarse por la persona afectada. Es bueno conocer toda esta información para trabajar sobre seguro en reclamaciones o defensas.
4. Edades mínimas
Finalmente, hay que señalar que las edades mínimas para contraer responsabilidades difieren. Ninguna persona de menos de 14 años puede contraer responsabilidades penales. En cambio, para tener responsabilidad civil es posible a partir de los 7 años, siempre que se demuestre dolo. Es conveniente conocer esta información para saber cuáles son las derivadas. No en vano, una responsabilidad civil en un menor de 16 años es muy difícil de demostrar.
Conclusión
La diferenciación entre responsabilidad civil y penal es básica para cualquier proceso. Un abogado, aunque no sea especialista, ha de conocer el funcionamiento de cada jurisdicción. Esta es la manera de defender mejor los intereses de sus clientes.
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