Plazos para reclamar la pensión alimenticia
En Le Morne Brabant y como abogados especialistas en separación y divorcio queremos hablarle de los plazos para reclamar la pensión de alimentos después de que dicha separación o divorcio se haya producido o durante el proceso de los mismos. Le recomendamos consultar otros artículos para saber más acerca de cuestiones relativas al divorcio y medidas que afectan a los hijos en común.
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Plazos para reclamar la pensión de alimentos
En Derecho, generalmente el no ejercicio de un derecho durante un plazo concreto da lugar a la prescripción del mismo. Igualmente, existe el concepto de caducidad para casos en los que el ejercicio de la acción vinculada a dicho derecho no se ejerce. En cuanto a los plazos para reclamar la pensión de alimentos es importante tener en cuenta varios factores para saber cuándo y cuánto tiempo se tiene para reclamarla. El primero de ellos es cómo afecta la prescripción de ese derecho o su caducidad y cuándo empieza el cómputo para dicha prescripción (si existe)
En este sentido, el Artículo 518 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que tras la acción ejecutiva dada por sentencia y aprobada en transacción judicial o por un acuerdo durante el proceso judicial de divorcio o separación, el plazos para reclamar la pensión de alimentos caduca a los cinco años siguientes de la sentencia o resolución.
Por otro lado, el Artículo 1964 del Código Civil establece que para las acciones puedan hacerse o no respecto a dicha sentencia el plazo se renueva cada vez que se dé el incumplimiento. Al mismo tiempo, el Artículo 1966 del Código Civil establece que en un periodo de cinco años caducan los plazos para reclamar la pensión de alimentos.
Caducidad de los plazos para reclamar la pensión de alimentos
Desde el momento en que se da la sentencia pasan cinco años para que caduque el derecho de solicitar la pensión de alimentos. Sin embargo, en el caso de que se haya solicitado y alguno de esos meses la acción no haya quedado devengada el plazo vuelve a ampliarse a cinco años.
Esto quiere decir que si, por ejemplo, una sentencia es del 1 de enero de 2019, el plazo para su caducidad será hasta el 1 de enero de 2024. Sin embargo, si hay un pago no devengado durante dicho periodo, por ejemplo, el correspondiente al 1 de abril de 2019, el plazo será hasta el 1 de abril de 2024.
Conclusión
Existe un plazo de cinco años para reclamar la pensión de alimentos pero este es un derecho que no prescribe. Es decir, una vez que en sentencia se reconoce el derecho a una pensión de alimentos existe un plazo de prescripción de cinco años para reclamarlo. Este plazo comienza desde el momento en que se inicia la demanda dentro de esos cinco años.
Es decir, no existen plazos para reclamar la pensión de alimentos pero existe un plazo de cinco años para hacerlo si hay sentencia judicial que la prescriba y que servirá de fecha de inicio para dicho plazo. En el caso de que la demanda se haga dentro de los cinco años de plazo, este comenzará a contar desde el momento de la demanda. En el caso de incumplimiento el plazo de cinco años queda de nuevo renovado desde la fecha de dicho incumplimiento.
Esperamos haberle aclarado toda la información relativa a los plazos para reclamar la pensión de alimentos. Como abogados especialistas en separación y divorcio, en Le Morne Brabant queremos ofrecerle el mejor servicio para sus intereses durante este y otros procesos legales. Le animamos a consultar otros artículos relacionados para saber más sobre cuestiones relativas al divorcio y la separación.