Un falso autónomo es el trabajador que está de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, y sin embargo se ve obligado en su día a día a someterse a las mismas obligaciones que un empleado por cuenta ajena, pero sin disfrutar de ninguno de sus derechos. Esta situación puede considerarse un fraude de Ley, puesto que la empresa para la que realmente trabaja está utilizando la Ley en su provecho, al ahorrarse cotización en Régimen General, pero en perjuicio del trabajador y de la Seguridad Social. Recientemente se ha puesto de actualidad esta situación en el caso de las cooperativas de trabajo asociadas que trabajan para la industria cárnica.
El falso autónomo en las cooperativas: casos más comunes
Para distinguir a un falso autónomo hay que aplicar el sentido común. Una persona que está trabajando como si fuese un trabajador por cuenta ajena debería cotizar como tal. ¿Y esto cómo se sabe? Hay algunos datos que lo determinan, por ejemplo:
- Si el trabajador está obligado a fichar y tiene un control de entrada y salida.
- Cuando el trabajador tiene prohibido trabajar para otras empresas y se le exige exclusividad.
- Cuando el autónomo tiene que seguir órdenes de un superior, al igual que lo hace un trabajador por cuenta ajena.
- Cuando el autónomo no puede fijar o negociar el precio de su trabajo, y recibe una retribución como contraprestación a su trabajo que es más parecida a una nómina que a una factura por servicios prestados.
En el caso de que concurran estas circunstancia, podríamos estar ante un falso autónomo. Hay una amplia jurisprudencia que determina esta cuestión. Los casos más habituales de falsos autónomos se dan en las cooperativas de transporte y en el sector cárnico.
Cooperativas de transporte
En las cooperativas de transporte se intenta que los transportistas tengan una jornada laboral análoga a la de un trabajador por cuenta ajena. Los «autónomos» están obligados a ir a unos determinados destinos y a justificar un horario. Este sector se ha dado mucho al fraude y, por ello, los controles vienen de antiguo.
Sector cárnico
Las cooperativas del sector cárnico, en especial mataderos, han sido el principal sector de falsos autónomos. Los sindicatos calculaban que hasta 12.000 trabajadores cotizaban en esta situación irregular. Las personas que formaban la plantilla estaban obligadas a fichar y a cumplir unos determinados objetivos por hora. En consecuencia, la inspección de trabajo ha sancionado a varias empresas por esta situación.
¿Qué pueden hacer los falsos autónomos?
Los falsos autónomos tienen derecho a que se les reconozca su condición de verdadero empleado por cuenta ajena, y a que la empresa para la que trabajan cotice por ellos en el Régimen General, que incluye la prestación por desempleo. Para conseguir este reconocimiento de derechos tendrán que reclamarlos ante la jurisdicción de lo Social.
Conclusión
Hay muchos autónomos que están cotizando como tales cuando no deberían y además no difrutan de los derechos de los empleados por cuenta ajena. Si una persona cree que está en esta situación, conviene asesorarse porque un autónomo no tiene derecho a vacaciones, permisos, indemnizaciones por despido… Algunas cooperativas de trabajadores autónomos han aprovechado el vacío legal para imponer condiciones abusivas sobre sus socios.
En el despacho Le Morne Brabant contamos con un equipo de profesionales con experiencia en derecho laboral que pueden asesorar y representar sus intereses ante los tribunales. Tenemos despachos en la Comunidad Valenciana, Región de Murcia y Comunidad de Madrid. Esta es la manera de evitar una merma de derechos laborales.
Le animamos a que nos contacte si está interesado en conocer las posibilidades a su alcance.