Vacaciones siendo autónomo | ¿Tenemos derecho a vacaciones?

Desde Le Morne Brabant y como abogados laboralistas queremos hablarle de uno de los temas más importantes de los que afectan a los autónomos. Este tiene que ver sus vacaciones y por ello queremos aclararle algunos puntos importantes que pueden afectarle si usted mismo se encuentra bajo este régimen laboral. Contestaremos a la pregunta de si hay vacaciones siendo autónomo.

Autónomos: ¿hay vacaciones para ellos?

La respuesta a si hay vacaciones siendo autónomos es que depende fundamentalmente de la actividad desarrollada y de la planificación. En efecto, a diferencia de los trabajadores por cuenta ajena regulados por el Estatuto de Trabajadores, los autónomos organizan sus propias jornadas así como los periodos anuales de los que disponen. Eso quiere decir que son ellos mismos quienes deciden qué días trabajar y en qué horarios al cabo de la semana así como cuándo establecer sus periodos de descanso respecto al año completo.

Ahora bien, si usted es autónomo sabrá que hacer dichos descansos no resulta ni mucho menos fácil al cabo del año. Las vacaciones siendo autónomo son, para muchos de estos profesionales, un sueño imposible de cumplir. De hecho, se estima que más de la mitad de los autónomos de nuestro país no toma vacaciones. En el caso de tomarlas, menos de un 7% de ellos lo hacen para periodos de más de dos semanas.

Así pues, en el caso de preguntarse si es posible tener vacaciones siendo autónomo para la mayoría de los casos la respuesta es «sí» siempre que sea él mismo quien planifique su trabajo para dicho parón. De cualquier manera, desaconsejamos al hacerlo darse de baja como autónomo.

Autónomos dependientes: vacaciones siendo autónomo

A continuación queremos hablarle del caso de los autónomos dependientes. Estos son profesionales que normalmente trabajan para un mismo cliente que supone al menos e 75% de sus ingresos como autónomo. En ese caso, hay una relación más vinculante que entre la de un autónomo que realiza trabajos esporádicos para diferentes clientes. Así, es posible firmar un contrato entre el autónomo y el cliente del que depende (otra empresa, por ejemplo) por el que se reconoce dicha dependencia.

Esta es una fórmula muy interesante en la medida en que con ella es posible obtener vacaciones siendo autónomo de una forma más reglada. En concreto, se conceden hasta 18 días de vacaciones para el autónomo por parte de dicho cliente del que depende. En efecto, durante ese periodo no se produce trabajo sino que se establece un periodo vacacional después del cual no se rompe la relación.

Ahora bien, hay que decir que esos 18 días de vacaciones corren a cuenta del autónomo. No se trata de un periodo vacacional pagado por la empresa o cliente del que depende el autónomo. Él mismo sufragará dicho periodo aunque tendrá derecho al descanso que le otorga esta condición especial. La firma de dicho contrato de reconocimiento se establece por la negociación de ambas partes. Es recomendable contar con el asesoramiento de abogados laboralistas durante dicho proceso.

Esperamos que este artículo le haya servido de ayuda. Le animamos a consultar otros artículos relacionados así como consultar en cuántos aspectos de la defensa jurídica podemos ayudarle.

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