¿Qué son las reclamaciones por responsabilidad patrimonial?

La responsabilidad patrimonial consiste en solicitar a causa de una lesión de un particular, una indemnización para resarcir bienes y derechos. Debe probarse para ello que la lesión sufrida para los mismos se debe a un funcionamiento anormal o normal de los servicios públicos. Un abogado administrativo es necesario para estos casos: desde Le Morne Brabant podemos ofrecerle el mejor servicio para iniciar dichas reclamaciones por responsabilidad patrimonial.

Reclamaciones por responsabilidad patrimonial

Como hemos dicho, en las reclamaciones por responsabilidad patrimonial, un ciudadano debe ser compensado a causa de un daño provocado por la administración pública. Primero de todo, le hablaremos de los casos en los que se contempla.

1.- Responsabilidad patrimonial de la administración por accidente en la calle

En estos casos se puede exigir a la administración una compensación como consecuencia de, por ejemplo, una caída en la calle. La causa de dicha caída puede ser el mal estado de una vía. El Ayuntamiento, Ministerio de Fomento o la administración correspondiente será a quien se haga dicha reclamación.

2.- Derivada de un error médico

La exigencia de responsabilidad se ejerce si se ha producido un daño por un profesional médico o un equipo contratado por la Seguridad Social. Se incluyen casos de centros hospitalarios de cada Comunidad Autónoma. Puede iniciarse de oficio o por parte de los propios afectados. Hay que tener en cuenta que el plazo para la reclamación prescribe transcurrido un año.

3.- Daños por mantenimiento defectuoso

Son todos los daños consecuencia de un mal mantenimiento. El perjudicado recibe un daño que no debería soportar: en este sentido podría exigirse la responsabilidad patrimonial de la administración para reparar el daño.

4.- Responsabilidad patrimonial a funcionario público

Se da cuando un funcionario no cumple con sus funciones o lo hace con negligencia.

Cómo solicitar una reclamación por responsabilidad patrimonial

Existen varios requisitos a tener en cuenta a la hora de solicitar una reclamación por responsabilidad patrimonial:

1.- Antijuridicidad del daño o lesión. Es decir, el autor debe haber obrado contrariamente al derecho y al mismo tiempo, la persona que haya sido dañada no está obligada a soportar dicho daño.

2.- Realidad del daño.

3.- Imputabilidad a la Administración Pública del daño que se ha producido.

4.- Nexo causal exclusivo y directo entre la actividad de la administración pública y el daño causado. El daño debe ser consecuencia exclusiva de dicha actividad.

Otros puntos a tener en cuenta

La normativa básica por la que se regula la reclamación por responsabilidad patrimonial es la Ley 39/2015 del 1 de octubre del Procedimiento Común artículos 91 y 92 y la Ley 40/2015 del 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público, artículos 32 a 35. Todas ellas pueden iniciarse de oficio o por reclamación de las personas afectadas.

Al mismo tiempo, el plazo para solicitarlas es de un año. Se comienza a contar desde el momento del hecho o del acto que requiera indemnización. También se cuenta el plazo de un año desde el momento en que se manifiesta el daño. El lugar de presentación es cualquiera de las oficinas y registros contemplados en las leyes anteriormente citadas. La documentación requerida será la que proponga la defensa para argumentar el daño. Respecto al plazo de resolución hay que decir que es de 6 meses. Cuando ha transcurrido dicho periodo sin resolución se habrá desestimado la solicitud de indemnización. Existe la posibilidad de recurso frente a las decisiones de los órganos de la Administración Pública.

Es por ello que le recomendamos ponerse en mano de un abogado administrativo experto en derecho tributario. Él podrá asesorarle a lo largo de todo el proceso. Le Morne Brabant queda a su disposición para ello.

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