Cuando se inicia un procedimiento de divorcio, hay una serie de medidas que se han de regular para evitar problemas, malentendidos, etc. Estas son las principales a tener en cuenta.
Custodia de menores
Sin duda, el punto más importante a regular es el relativo a la custodia de menores siempre que el matrimonio a disolver tenga hijos. Determinar si habrá una custodia compartida, es decir, que tanto el padre como la madre pasen el mismo tiempo con los hijos, repartiéndolo al 50%, si la custodia se otorga a la madre o al padre.
Régimen de relación, estancias y derecho a comunicación
En el caso de que la custodia no sea compartida habrá que prestar atención en cómo se procede durante el periodo vacacional, régimen de visitas, etc. También se regulará aquí el derecho del progenitor que no tiene la custodia compartida a tener comunicación con el hijo.
Pensión de alimentos
El progenitor que no obtenga la custodia, tendrá que hacer frente al pago de una pensión para colaborar en los gastos relacionados con la alimentación, vivienda, formación y otros gastos que puedan tener los menores. El importe a pasar en concepto de pensión alimenticia se fijará siempre en base al principio de proporcionalidad, es decir, en función de la capacidad económica del progenitor que no ostenta la custodia. Esta es una obligación que no se da en los casos de custodia compartida, aunque sí será necesario pactar el reparto de los gastos del menor.
Uso del domicilio familiar
Por otro lado, el uso de la vivienda familiar es otra de las medidas a aclarar durante un procedimiento de divorcio. Se puede establecer el uso del domicilio familiar por parte del progenitor con la custodia hasta que los hijos sean independientes a nivel económico. En el caso de que los hijos ya sean independientes a nivel económico, se establecerá una limitación de tiempo para su uso en función de las necesidades económicas y circunstancias.
Ajuar doméstico
Por ajuar doméstico se entiende el reparto de mobiliario del domicilio familiar que tendrá que ser repartido en el momento en el que el uso de la vivienda familiar cese como tal.
¿Pensión compensatoria?
Cuando exista un nivel de renta muy desproporcionado entre un cónyuge y otro, el de menor renta, puede pedir una pensión compensatoria. No obstante, para ello se tendrá en cuenta el patrimonio que cada una de las partes tiene, y el nivel de vida que se ha tenido hasta ese momento. Cuando se produzca un acuciado desajuste podrá acabar recibiendo una pensión compensatoria la parte más vulnerable. Aunque, como decimos, esto dependerá de una serie de circunstancias y particularidades a estudiar en cada caso.