Presentar nacionalidad: ¿qué pasa si no me contestan en 6 meses?

La posibilidad de presentar nacionalidad española para extranjeros se ejerce año tras año. En 2019, hubo un total 98.858 personas que la consiguieron, un 9,8 % más que el año anterior. Aquí se explica cómo actuar ante un silencio administrativo.

La interpretación del silencio al presentar nacionalidad

Lo primero que hay que recordar es que, para llegar a este punto, hay que cumplir con una serie de condiciones previas. Es decir, cumplir con los requisitos de origen o residencia, carecer de antecedentes penales y contar con el certificado del Instituto Cervantes. Y, por supuesto, contar también con asesoramiento legal en extranjería.

El silencio solo se puede computar a partir del año desde que se realizó la solicitud. Por lo tanto, en caso que no haya respuesta en seis meses, no cabe realizar ningún tipo de reclamación. En principio, el expediente está en proceso y el Ministerio de Justicia tiene tiempo para resolver. Es importante recordar esta cuestión para realizar un buen manejo de los tiempos.

En este sentido, hay algunas diferencias con la Ley de Procedimiento Administrativo. Esta es la razón por la que el Gobierno se vio obligado a promulgar un texto ad hoc. Precisamente, el objetivo era el de eliminar esos vacíos legales.

El texto que reglamenta el procedimiento para la obtención de la nacionalidad española es el Real Decreto 1005/2015, de 6 de noviembre. Aquí se indican cuáles son los principales aspectos a tener en cuenta en la tramitación.

1. Silencio negativo

El silencio tiene una interpretación negativa según el Real Decreto. Esto significa que, si pasa un año desde la solicitud sin respuesta, se considera automáticamente desestimada. Es importante recordar que, para ello, se tomará como medida el año natural. Los seis meses no dan derecho a presentar reclamaciones en tiempo y forma.

Aunque esta situación no es la más habitual, se puede dar. El Ministerio de Justicia es el responsable de dar una respuesta en última instancia pero se regula en caso de que no exista.

2. Posibilidad de recurso

La posibilidad de recurrir ante el Contencioso-Administrativo está reconocida en el caso de solicitud denegada. Si el motivo ha sido el silencio administrativo, una vez que pase el plazo se tendrá derecho a elevar la cuestión a la Audiencia Nacional. Como principio general, y si se considera que la documentación es la correcta, no se deberían hacer modificaciones.

Es relevante señalar que el plazo de resolución del recurso varía mucho en función de múltiples factores. Lo normal es que pueda tardar medio año o un poco más. Por lo tanto, el factor de entregar la documentación en condiciones es doblemente importante.

Conclusión

Conocer los trámites al presentar nacionalidad y su resolución es fundamental para ahorrar tiempo y dinero. Le Morne cuenta con especialistas en derecho de extranjería que le ayudarán en la solicitud de la nacionalidad española. La empresa proporciona un servicio de asesoramiento integral en la Comunidad Valenciana, Comunidad de Madrid y Región de Murcia.

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