La falta de lesiones desaparece del Código Penal

La intención del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, de reducir la ‘litigiosidad’ de los tribunales españoles podría tener el efecto contrario gracias a una de las medidas de su mandato: la desaparición de la falta de lesiones y maltrato del código penal.

Lo que se pretendía con esta medida era disminuir el número de asuntos menores en los juzgados (la mayoría son falta de lesiones), los cuales, según se considera, podrían encontrar una salida fácil desde el sistema de sanciones administrativas y civiles. Sin embargo, en la práctica, esta falta de normativa está suponiendo que muchos casos que antes se consideraban meras faltas de lesiones están siendo tramitadas como delito, lo que al final somete a más carga de trabajo a los jueces y, además, puede suponer un perjuicio injusto para el demandado.

Esto es así porque el autor de un delito leve que hasta hace unos meses solo se consideraba una falta de lesiones (por ejemplo, provocar un hematoma a causa de una pelea) pasará a constar como sujeto con antecedentes penales, lo que le incapacitará, por ejemplo, para acceder a un puesto de funcionario, entre otras muchas cosas.

Cuidado con las demandas

Así, en el caso de una pelea, por ejemplo, cualquier lesión mínima producida que antes se consideraba falta de lesiones puede ser elevada a categoría de delito y ser juzgada como tal. Un castigo desproporcionado e injusto que podría ser aprovechado por su contrincante jurídico para obtener mejores retribuciones en una demanda, que no falta de lesiones.

Si usted se encuentra, o sospecha que puede estar, en una situación parecida, le recomendamos encarecidamente que acuda a cualquiera de nuestros despachos de abogados de Madrid, Alicante o Valencia y pida consulta gratuita. Con la ayuda de un profesional se podrán evitar disgustos, ya sea previniendo la futura denuncia o ejecutando soluciones jurídicas para impedir que usted sea declarado culpable por un delito que no es tal.

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