Cuando un individuo es detenido por la policía, conviene que sea consciente del procedimiento que le va a afectar, así como de los derechos que le van a asistir. De esta manera, va a tener claro qué puede esperar de cada fase y cómo ejercitar los citados derechos. A continuación, le contamos las claves relativas a estas situaciones. Tome nota.
¿Qué ha de saber un detenido por la policía?
En primer lugar, hemos de señalar que este tipo de intervención policial no implica la constatación de la comisión de un delito por parte del afectado. Se lleva a cabo por el hecho de que se ha dado esta orden a los agentes por considerar que existen razones fundadas de la responsabilidad delictiva, pero esta va a tener que ser probada a posteriori. Por lo tanto, en el momento de la detención, prevalece la presunción de inocencia.
Asimismo, según la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que regula estos procesos, la detención ha de efectuarse del modo que conlleve unos menores efectos negativos para el afectado. Por otro lado, no pueden transcurrir más de 72 horas entre la detención y la disposición judicial o puesta en libertad (en los respectivos supuestos de que continúe el proceso de investigación o, directamente, se desestime la participación en los hechos delictivos). En este sentido, tenga en cuenta que, con base en el espíritu de la anterior normativa que hemos señalado, no tiene por qué agotarse el plazo máximo de detención. Solo se privará de libertad al detenido durante el tiempo estrictamente necesario.
Los elementos que afectan a un detenido por la policía
A lo largo de las citadas 72 horas durante las que puede extenderse la detención, los agentes policiales van a poder practicar una serie de diligencias investigadoras, que van a servir para decidir si procede que un juez se haga cargo del caso concreto. Por lo que respecta a este proceso, la diligencia probatoria más relevante va a consistir en tomar declaración al detenido. Este ha de tener claro que, en todo caso, va a poder estar asistido por un letrado en este paso. Si no cuenta con un abogado contratado, se le designará uno de oficio. Asimismo, el detenido va a poder acogerse al derecho de no declarar.
Si, pasadas las 72 horas de plazo, los agentes de policía valoran que debe continuar investigándose acerca de la responsabilidad delictiva del detenido, este será trasladado desde las dependencias policiales en las que se encontraba hasta el juzgado de guardia más cercano a la localidad en la que ocurrieron los hechos que justificaron la detención.
El titular del juzgado de guardia correspondiente practicará las diligencias de instrucción, como la toma de declaración al detenido. Podrá decantarse, según sus conclusiones, por dos decisiones: dejarlo en libertad o dictar prisión provisional.
En definitiva, un detenido por la policía debe ser tratado con escrupuloso respeto de sus derechos y del procedimiento. Contar con la colaboración de un abogado de confianza resultará fundamental, ya que supondrá su principal asesor legal en esta coyuntura crítica.