Desplazamientos en estado de alarma | ¿Cuándo es legal desplazarse?

La declaración del Estado de Alarma por la crisis del Covid-19 ha suspendido el derecho constitucional, de libre circulación por el territorio nacional. Aquí se indica cuándo son legales los desplazamientos en Estado de Alarma.

Los desplazamientos en Estado de Alarma que permite la ley

El artículo 19 permite a los españoles circular libremente por el territorio nacional. Este derecho, que tiene rango de fundamental, solo puede ser suspendido con un estado excepcional. El Estado de Alarma permite restringir esta libertad, pero limitado a un periodo determinado y ratificado posteriormente por el Congreso de los Diputados.

La declaración del Estado de Alarma del 14 de marzo prohibió, con carácter general, los desplazamientos. Hay una serie de excepciones que, con algunas variaciones, son las que permiten salir del domicilio. Son las siguientes:

1. Asistencia al puesto de trabajo

Las personas que tengan que desplazarse a su puesto de trabajo pueden hacerlo. Hay que señalar que las empresas están facilitando salvoconductos que justifiquen esta necesidad. Eso sí, esta medida está limitada al trayecto indispensable para ir o venir del centro de trabajo. Hay que señalar que, con carácter general, este es el movimiento más utilizado.

2. Pasear a las mascotas

Está autorizado pasear a las mascotas, pero el tiempo indispensable para que hagan sus necesidades. Hay que señalar que algunas corporaciones locales han regulado ordenanzas donde limitan este recorrido a 100 metros o no más de 10 minutos.

3. Compra de productos de primera necesidad

Es posible salir a la calle para comprar productos de primera necesidad. Los comercios que tienen permitida la apertura son los supermercados o tiendas de alimentación, estancos, componentes informáticos, farmacias, panaderías o pastelerías, entre otros. Eso sí, es obligatorio que solo salga una persona a la calle o, si se va en coche, que una vaya delante y otra detrás.

4. Visitas al médico

Las visitas al médico que se consideren necesarias son un motivo para salir de casa. En este caso, también se tiene que limitar el tiempo del desplazamiento al mínimo indispensable. La mayoría de los servicios de salud autonómicos, sin embargo, están optando por las consultas telefónicas o por el aplazamiento de las consultas externas no imprescindibles.

5. Visitas a entidades financieras

Las visitas a entidades financieras están permitidas, aunque también limitadas al tiempo imprescindible. Por regla general, muchas entidades limitan la apertura a los cajeros y a los servicios mínimos.

6. Salidas con hijos con diversidad funcional

Los padres pueden salir con sus hijos si padecen algún tipo de diversidad funcional o trastorno del espectro autista. Hay que señalar que está habiendo muchos problemas porque parte de la población no identifica este tipo de situaciones.

Conclusión

Los desplazamientos en Estado de Alarma estarán limitados siempre que exista este supuesto excepcional. Es posible que algunas medidas se levanten a partir del 29 de abril, aunque el Estado de Alarma siga vigente.

Las personas que se vean perjudicadas por las medidas excepcionales pueden gestionar sus quejas ante los tribunales de justicia. La firma Le Morne Brabant ofrece asesoramiento y representación legal para la gestión de los pleitos con más de 10 años de experiencia.

Puede contactar a través del teléfono gratuito 900 373 604, mediante el formulario web o realizando una videollamada.