3 delitos contra la intimidad que desconocías y sus características

La protección de los ciudadanos en casos de delitos contra la intimidad es un tema que está en la agenda política. En el artículo enumeramos 3 delitos que quizás desconocía.

3 delitos contra la intimidad

La base de los delitos contra la intimidad es la vulneración al honor, a la intimidad y a la propia imagen. No hay que olvidar que el artículo 18 de la Constitución Española considera que este derecho es fundamental. Por lo tanto, la legislación se adapta a esta realidad. Desde la década de 1990 las leyes de protección de datos han aportado nuevas garantías, pero en el tipo penal la principal novedad está en la informática.

Con el desarrollo de las nuevas tecnologías han aumentado los delitos contra la intimidad. Tradicionalmente eran la prensa, radio y televisión las que daban problemas a personajes públicos. En los últimos años, el uso intensivo de internet favorece que cualquier persona sea víctima de estas situaciones. Damos más detalles de algunos tipos delictivos:

Revelación de secretos

La revelación de secretos implica que una persona difunde una información de un tercero que le puede comprometer. Es fundamental indicar que se tendría que dar una publicidad o que otras personas conociesen esos datos. Si los datos revelados no son constitutivos de delito, la persona que difunde los datos estaría actuando de mala fe. Ahora bien, las penas dependerán del grado de revelación y de la relación con la persona perjudicada. Los tribunales insisten en el principio de proporcionalidad e indican que para que la revelación sea un objeto de un proceso penal ha de ser importante.

Revelación de secretos por funcionario público

La revelación de secretos por parte de un funcionario público agrava las penas por varias razones. En primer lugar, porque los servidores públicos tienen la obligación de ejemplaridad y presunción de veracidad en muchos casos. Por otra parte, porque suelen manejar datos sensibles como historiales clínicos o policiales. En consecuencia, habría que hablar más bien del agravamiento de un delito que ya está contemplado por la legislación.

Apoderamiento, alteración, utilización, y modificación en perjuicio de tercero, de datos reservados de carácter personal o familiar

Este tipo delictivo se ha desarrollado a la par que internet. En esencia, consiste en que una persona no puede acceder a datos de terceros que estén protegidos. Por ejemplo, no puede hackear una cuenta de correo para entrar ni consultar datos que no le correspondan. El Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) introdujo nuevas sanciones administrativas, pero en este caso hablaríamos de sanciones penales. Cabe indicar que es suficiente con el acceso ilícito, no sería necesario modificar o difundir los datos.

Conclusión

La lucha de las instituciones para reducir los delitos contra la intimidad va un paso por detrás de los criminales. En algunos casos, es conveniente contratar a un abogado penalista que pueda ayudar a defender sus derechos. En Le Morne Brabant disponemos de todo lo necesario porque estamos especializados en derecho penal. Le animamos a que contacte con nosotros y nos explique su problema, seguro que le podemos ayudar.

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