Puede que a alguno le parezca buena idea mirar el móvil de su pareja, pero al revisar o espiar el móvil de otra persona, se está vulnerando su intimidad.
Espiar el móvil o redes sociales, compartir conversaciones de whatsapp con personas que no han intervenido en ellas o difundir información del contenido descubierto sin consentimiento de la otra parte se trata de un delito.
¨El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación¨
¿ES DELITO SI ME HA DADO LA CONTRASEÑA?
Utilizar el teléfono móvil de otra persona sin su consentimiento, como ya hemos comentado en el apartado anterior, supondría un delito, aunque sepas su contraseña.
Que en algún momento haya facilitado el acceso o contraseña a su móvil, no implica que podamos hacer un uso indiscriminado del mismo y aprovechar para espiar conversaciones o contenido del teléfono móvil.
PENAS POR ESPIAR EL MÓVIL DE TU PAREJA
El Código Penal tipifica esta conducta dentro del artículo 197, endureciendo las penas cuando los hechos sean producidos por un cónyuge o una persona de una relación análoga.
Artículo 197.1: Pena de prisión de uno a cuatro años y multa de 12 a 24 meses.
Artículo 197.3: Pena de dos a cinco años en el caso de que se revele o difunda a terceros los datos o información descubierta en el móvil.
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