Una denuncia por violencia de género debe cumplir una serie de pasos para que puedan tomarse posteriormente las medidas necesarias. Naturalmente, todas ellas están encaminadas a proteger a las mujeres que son víctimas de este mal de la sociedad. Es por ello que Le Morne Brabant y como especialistas en Derecho Civil, queremos hablarle más acerca de qué pasos deben cumplirse para llevar a cabo una denuncia por violencia de género.
¿Cuál es el origen de la protección contra la violencia de género?
Si bien la cuestión de la violencia de género es uno de los más candentes en la actualidad como consecuencia de la gran presencia y visibilidad que tienen las reivindicaciones de las mujeres en España, fue a finales de la década de los 90 cuando empezaron a tomarse medidas para la protección de ellas. Es así que de esa manera lo que hasta entonces se consideraba un problema doméstico pasó a ser considerado un problema social. Por lo mismo, se aprobaron una serie de leyes dedicadas a implementar los mecanismos disponibles para la protección de las mujeres.
Entre ellas, podríamos destacar la Ley 16/2003 de fecha 8 de abril. En ella ya se especificaba la protección integral de la mujer. Posteriormente, en la Ley Orgánica 1/2004 del 28 de diciembre se desarrollaría dicha protección con medidas concretas. Hay que decir que una de las herramientas más eficaces contra la violencia de género consiste en la prevención. Aquí puede encontrar consejos para prevenir la violencia de género.
Cómo identificar si una mujer es víctima de violencia de género
En primer término, debemos hablar de los criterios que existen para saber si una mujer es víctima para poder proceder a la denuncia por violencia de género. En primer lugar, hay que decir que se entiende como violencia de género la violencia que se ejerce por parte de los hombres a las mujeres. Esta incluye a relaciones en las que dichos hombres son o han sido cónyuges de esas mujeres. Esto se da independientemente de si ha habido o no convivencia entre ellos.
Si una mujer es víctima de violencia psicológica y/o física es víctima de violencia de género. Dichos actos violentos pueden ser contra la libertad sexual, a través de la privación de libertad, las amenazas, vejaciones, etc. Respecto a los daños físicos, se incluyen todos los que puedan suponer cualquier daño al cuerpo de la mujer, desde una bofetada hasta heridas superficiales.
Violencia psíquica
Esta es una de las categorías más difícil de definir normalmente. Sin embargo, como criterio de violencia física a la hora de establecer una denuncia por violencia de género hay que tener en cuenta las humillaciones, los insultos, amenazas, etc.
Violencia sexual
Incluye toda la violencia por la que se impone a la mujer una relación sexual sin su consentimiento.
¿Cómo se debe iniciar el procedimiento de denuncia por violencia de género?
En primer lugar, hay que decir que el proceso de denuncia por violencia de género debe iniciarse lo antes posible. En efecto, de esa manera se consigue implementar las medidas de protección para la mujer lo antes posible y desde el mismo momento en el que aparecen los indicios de violencia de género.
Para denunciar, se puede hacer a través de los números de atención telefónica de Guardia Civil, Policía Nacional, Autonómica o Local, así como a través del 016. Los hechos pueden denunciarse directamente a través de dichos teléfonos.
Sin embargo, también puede hacerse a través de la comunicación verbal a los agentes que en el momento estén prestando su servicio. Por último, es posible también hacer la denuncia por violencia de género a través de una declaración formal que se presentará en las dependencias policiales.
Hay que decir que en el teléfono 016 se puede encontrar desde el principio asesoramiento jurídico para todo el proceso de denuncia por violencia de género.
¿Qué hacer después de que se den los hechos de violencia de género?
Como hemos dicho, es fundamental denunciar los hechos de violencia de género lo antes posible. Es así que cuando se haga, hay que recabar los elementos de prueba que puedan servirle para el procedimiento judicial. Entre ellos, estaría el parte médico y psicológico, el aporte de testigos, así como las prendas que se vestían en el momento que se produjeron los hechos.
Por lo mismo, durante todo ese trámite no debe cambiarse de ropa, ducharse ni lavarse, así como llevar a cabo cualquier acción que impidiera recabar pruebas de la agresión. Todo ello consistirá en la parte del atestado policial y es fundamental para el posterior proceso judicial.
Proceso judicial en casos de denuncia por violencia de género
Cuando ha finalizado el atestado policial y el agresor ha sido detenido, se pasará a la fase judicial. Estas denuncias son tramitadas por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer. En el momento en que se recibe la denuncia, se hace una audiencia urgente entre víctima, agresor y Ministerio Fiscal en un plazo máximo de 72 horas.
Es después de esta audiencia entre esas tres partes cuando el Juez resuelve. Si finalmente se determina que efectivamente existe violencia de género, se tomarán medidas que pueden ser penales o judiciales. Es así que después de la primera audiencia las partes pueden solicitar un juicio rápido, un procedimiento de diligencias previas o bien un sobreseimiento provisional.
Seguimiento por parte de autoridades
Después de que haya sido escuchada cada una de las partes, el Juez de Violencia de Género es quien toma la decisión oportuna para el caso. Sin embargo, las autoridades policiales, judiciales y sociales seguirán llevando a cabo un seguimiento de las partes para evitar cualquier posible perjuicio para la víctima por parte del agresor.
Derechos de las víctimas por violencia de género
Desde el momento en que se presenta la denuncia, toda víctima por violencia de género tiene una serie de derechos garantizados:
1.- Derecho a la información y asesoramiento sobre su situación. En este punto concreto, le recomendamos contar con abogados especialistas en violencia de género.
2.- Derecho a información sobre la situación del agresor.
3.- Derecho de Asistencia Jurídica en el caso de que no disponga de recursos suficientes.
4.- Derecho a la asistencia social integral. En esta asistencia se incluye el apoyo social, psicológico, información, seguimiento de las reclamaciones de sus derechos, apoyo para la inserción laboral.
5.-Derechos laborales y relacionados con la Seguridad Social. Por ejemplo, la suspensión del contrato de trabajo manteniendo el puesto, desplazamiento geográfico, etc.
6.- Ayudas sociales en el caso de no disponer de rentas, puede percibir un 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
7.- Derechos de acceso a la vivienda y residencias.
Esperamos que este artículo le haya servido para conocer cómo es el proceso de denuncia por violencia de género. A lo largo del mismo y si es usted víctima le recomendamos contar con el asesoramiento y guía de nuestros abogados especialistas.