Confilegal: 4 años de prisión, castigo máximo para los secuestradores parentales internacionales

Alejandra García, experta en derecho de familia del despacho Le Morne Brabant Abogados explica que, frente a los obstáculos que se deben sortear en otros países de la Unión Europea, dentro de nuestras fronteras basta con certificar el empadronamiento o residencia del cónyuge extranjero.

Las vacaciones escolares, como las que acabamos de vivir en la Navidad, son fechas temibles para muchos matrimonios divorciados con hijos. De acuerdo con la decisión que haya adoptado en juez en relación a la custodia de los niños, alguno de los progenitores tendrá que acostumbrarse a estar sin ellos, ya sean horas, días e incluso semanas.

Una situación que se torna trágica en el caso del llamado secuestro parental, cuando uno de los padres desaparece llevándose al hijo o los hijos habidos en el seno de la pareja.

Este delito, pues así está tipificado en el código penal, se ha incrementado en los últimos años, en paralelo al aumento de uniones formadas por españoles con extranjeros. El castigo máximo es de cuatro años de prisión para el excónyuge que delinque de esta forma. 

Si quieres leer más:  https://confilegal.com/20170106-4-anos/

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