Los correos electrónicos y WhatsApp pueden ser pruebas en un proceso penal, pero bajo ciertas condiciones. En el artículo le indicamos los pasos a dar para conservarlas.
Correos electrónicos y WhatsApp como pruebas en un proceso penal
En principio, tanto la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) como la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECr) admiten la opción de recopilar pruebas por medios electrónicos. Es importante que tenga en cuenta que la cadena de custodia es siempre importante, y en ello mucho más. También lo es garantizar el secreto de las comunicaciones en todo momento y no vulnerar el honor.
Por otra parte, no todos los jueces aceptan los WhatsApp o los correos electrónicos, de manera que hay que seguir unas pautas. Para empezar cualquier proceso penal, hay que tener en cuenta cuál es el criterio para no tener problemas o malgastar recursos. Le damos más detalles:
- Cómo se aportan las pruebas
La mayoría de los juzgados no se conforman con un pantallazo del WhatsApp o correo electrónico. Por lo tanto, debería aportar algo más para que no hubiese ningún problema. En principio, se entiende que el denunciante debería aportar una pericial que valide el contenido e integridad de la comunicación. Es posible que en algunos casos también se necesite una testifical. Un abogado penalista puede proporcionar este asesoramiento para no perder tiempo y dinero.
Por otra parte, hay que señalar que el criterio no es unánime y que dependerá mucho del tribunal. En cualquier caso, hay que señalar que hoy la utilización de estos medios como prueba no es anecdótica. Los tribunales suelen tener en cuenta los WhatsApp, mensajes de voz y correos electrónicos como materia probatoria o complemento.
- Cómo se obtiene la información
Un lugar común en los procesos judiciales es que se invalide una prueba por la ilicitud en los medios de obtención de la misma, lo que en derecho se suele llamar «fruto del árbol podrido». Si bien en la jurisdicción penal las exigencias son diferentes, lo fundamental es que la obtención del correo o WhatsApp fuese lícita. Por ejemplo, si una persona nos insulta a través de este medio, las comunicaciones valdrían como pruebas en un proceso penal. En otros casos, convendrá tener cuidado para que no haya problemas o, lo que es peor, que nos denuncien por revelación de secretos.
Los principales problemas con los que nos podemos encontrar es el derecho a la intimidad y a las comunicaciones. Es fundamental que tenga en cuenta esta situación porque, si hay duda, la tendencia es a anular la prueba. Por eso hay que contar con el asesoramiento de un abogado penalista desde el primer momento.
Conclusión
Las nuevas tecnologías han abierto un campo novedoso en el derecho. Por lo tanto, si se encuentra con una situación complicada, ha de saber que en algunos casos los correos electrónicos y WhatsApp son pruebas en un proceso penal. Le animamos a que contacte con Le Morne Brabant si busca un especialista en derecho penal. Estamos convencidos de que le podemos ayudar y defender mejor sus intereses.