Medidas para autónomos COVID-19

Desde Le Morne queremos ayudarte en esta situación tan delicada, por lo que cada medida comunicada por el gobierno se publicará en nuestro blog para mantenerte informado. Si tienes dudas puedes ponerte en contacto con nosotros a través de la consulta abogado gratis online que hemos habilitado, para hacer que esta situación no te limite estar bien informado.

Este martes 17 de marzo de 2020, el Consejo de Ministros ha aprobado un Decreto-Ley, publicado en el 18 de los corrientes, en el que se recogen un conjunto de medidas económicas y laborales para afrontar los efectos del coronavirus, que en lo que afecta a los profesionales autónomos, serían las siguientes:

 

Prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por declaración del estado de alarma.

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos, cuyas actividades queden suspendidas o cuando su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre anterior, tendrán derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad.

 

La cuantía de dicha prestación se determinará aplicando el 70% a la base reguladora. Cuando no se acredite el período mínimo de cotización para tener derecho a la prestación, la cuantía de la prestación será equivalente al 70% de la base mínima de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia.

 

La prestación extraordinaria por cese de actividad tendrá una duración de un mes, ampliándose, en su caso, hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma, en el supuesto de que este se prorrogue y tenga una duración superior al mes. El tiempo de su percepción se entenderá como cotizado y no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.

 

Aprobación de una Línea para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos por un importe de 100.000 millones de euros.

Para facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos económicos del COVID-19, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital otorgará avales a la financiación concedida por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de dinero electrónico y entidades de pagos a empresas y autónomos para atender sus necesidades derivadas, entre otras, de la gestión de facturas, necesidad de circulante, vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez.

 

Ampliación del límite de endeudamiento neto del ICO.

Se amplía en 10.000 millones de euros el límite de endeudamiento neto previsto para el Instituto de Crédito Oficial en la Ley de Presupuestos del Estado, y así, lograr aumentar estas líneas de financiación, con el fin de facilitar liquidez adicional a las empresas, especialmente pymes y autónomos.

 

Moratoria en el pago de las deudas hipotecarias por adquisición de vivienda habitual

El Gobierno ha aprobado también una moratoria de un mes, con posibilidad de prórroga como el resto de medidas del decreto, para aquellos autónomos que hayan visto reducidos sus ingresos por el coronavirus en un 40%.

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