DERECHO LABORAL COLECTIVO

Despidos Colectivos (ERE)

Cuando una empresa extingue contratos masivamente, debe cumplir requisitos estrictos. Regulado en el artículo 51 del ET, cualquier fallo en el procedimiento puede suponer la nulidad del despido. Cuenta con nuestros abogados laboralistas para revisar tu caso.

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Explicación rápida en 60 segundos

¿Cuándo se considera ERE?

La ley exige tramitar un ERE si los despidos afectan a:

10 Trabajadores En empresas de < 100 empleados
10% De la plantilla En empresas de 100 a 300 empleados
30 Trabajadores En empresas de > 300 empleados

Causas Justificadas por Ley

Económicas

Pérdidas actuales o disminución persistente de ingresos durante 3 trimestres consecutivos comparado con el año anterior. Si tienes dudas, consulta a un experto.

Técnicas

Cambios en los medios o instrumentos de producción (nuevas maquinarias, digitalización).

Organizativas

Cambios en los sistemas y métodos de trabajo o en la organización del personal.

Producción

Cambios en la demanda de los productos o servicios que la empresa ofrece al mercado.

Procedimiento Legal del ERE

1. Inicio y Periodo de Consultas

La empresa notifica a la autoridad laboral y abre un periodo de negociación (máximo 30 días) con los representantes de los trabajadores.

2. Informe de la Inspección

La Inspección de Trabajo emite un informe sobre las causas alegadas y el desarrollo del periodo de consultas.

3. Decisión Final

Tras las consultas, con o sin acuerdo, el empresario notifica la decisión de despido colectivo a los trabajadores afectados.

4. Impugnación Judicial

Los trabajadores pueden impugnar el despido individual o colectivamente. El plazo es de 20 días hábiles. Es fundamental contar con abogados especialistas.

¿Afectado por un ERE?

No asumas que la empresa tiene razón. Revisamos si la causa es real y si el procedimiento fue correcto para garantizar tu máxima indemnización o la nulidad.

¿Puedo ayudarte?