DESPIDOS COLECTIVOS
(ERE)
Cuando una empresa extingue contratos masivamente, debe cumplir requisitos estrictos. Regulado en el artículo 51 del ET, cualquier fallo en el procedimiento puede suponer la nulidad del despido. Cuenta con nuestros abogados para revisar tu caso.
¿CUÁNDO SE CONSIDERA ERE?
La ley exige tramitar un ERE si los despidos afectan, en un periodo de 90 días, a:
CAUSAS JUSTIFICADAS POR LEY
ECONÓMICAS
Pérdidas actuales o disminución persistente de ingresos ordinarios o ventas durante 3 trimestres consecutivos comparado con el año anterior.
TÉCNICAS
Se producen cambios en los medios o instrumentos de producción, como la introducción de nuevas maquinarias o digitalización.
ORGANIZATIVAS
Cambios significativos en los sistemas y métodos de trabajo o en el modo de organizar la producción y al personal.
PRODUCCIÓN
Se generan cambios en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.
PROCEDIMIENTO LEGAL DEL ERE
Inicio y Periodo de Consultas
La empresa notifica a la autoridad laboral y abre un periodo de negociación (máximo 30 días) con los representantes de los trabajadores.
Informe de la Inspección
La Inspección de Trabajo emite un informe sobre las causas alegadas y el desarrollo del periodo de consultas para asegurar la legalidad.
Decisión Final
Tras finalizar las consultas, con o sin acuerdo, el empresario notifica la decisión de despido colectivo a los trabajadores afectados.
Impugnación Judicial
Los trabajadores pueden impugnar el despido. El plazo es de 20 días hábiles. Es fundamental contar con abogados especialistas.