¿SE PUEDEN RECLAMAR LOS INTERESES ABUSIVOS?

Las últimas sentencias dictadas por los tribunales están siendo un bálsamo para el consumidor. La tendencia al abuso que se evidenció años atrás ya no se da tan a la ligera. Las empresas crediticias empiezan a flaquear porque la justicia está dando la razón a los consumidores que entendían que estaban pagando unos intereses abusivos. Entonces veamos, ¿se pueden reclamar los intereses abusivos? Afortunadamente sí.

Sentencia contra Cofidís

Nuestro despacho Lemorne fue pionero en la obtención de una sentencia que anuló un crédito revolving de Cofidís por considerar que los intereses eran abusivos. Nuestro cliente se hizo la misma pregunta una y otra vez ¿Se pueden reclamar los intereses abusivos? El tribunal zanjó sus dudas. Sí

En este caso, el cliente solicitó a Cofidis un préstamo por un importe de 7.000 euros. Se acordó un interés del préstamo a un 20´84% anual, más del doble de lo que suele marcar el Banco de España (entre un 6% y un 9%). Al no poder pagar las respectivas cuotas, Cofidís le reclamó 5000 euros en diferentes conceptos, casi la misma cantidad que le fue prestada en concepto de principal.

La sentencia, finalmente estimó lo solicitado por el consumidor. El juez declaró nulo el préstamo revolving y estableció que el consumidor no debía pagar los gastos de penalización por impago ni los gastos de seguro. El motivo, ya comentado, las cláusulas abusivas.

Antecedentes

Esta sentencia obtenida por nuestros abogados especializados en derecho bancario  tiene como antecedente principal una sentencia anterior del Tribunal Supremo del 25 de noviembre de 2015 relacionada con otro préstamo revolving . En ella, el alto tribunal, consideró que “ a este tipo de créditos se le aplica la Ley de Represión de la Usura contra el límite a la autonomía de la voluntad”.

Esto significa que el interés que se solicita es desproporcionado a las circunstancias del caso, por más que el dinero se haya obtenido de manera rápida y con menos requisitos que en otros bancos.

Este tipo de abuso se solía (o se suele) dar en los casos de demora, es decir cuando se produce un impago o un atraso en algunas de las cuotas del crédito personal. Este interés de demora penaliza en exceso al consumidor, alcanzando cifras muy elevadas.

Según el Tribunal Supremo los intereses de demora que excedan de sumar dos puntos al interés pactado se pueden considerar como abusivos. De esta manera, en un préstamo personal con un 9% de interés nominal anual, el interés de demora no podrá ser superior al 11%. En situaciones como la descrita se pueden reclamar los intereses abusivos.

Qué hacer si me reclaman unos intereses abusivos

Lo primero que hay que determinar es si los intereses que me están reclamando por una demora superan en dos puntos el interés del préstamo.

De ser así, se podría solicitar a la entidad de crédito la modificación de la liquidación. No obstante, la mayoría de las veces las entidades suelen hacer caso omiso a esta petición, con lo que el consumidor se ve obligado a realizar el pago. Pero, una vez realizado el pago se puede reclamar por diversas vías (defensor del cliente, etc.) y si no acudir a los tribunales.

Si crees que es tu caso y no sabes bien cómo proceder, no dudes en consultar en nuestro despacho de abogados. Estaremos encantados de atenderte.

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