HONOR, INTIMIDAD
Y PROPIA IMAGEN
¿Han vulnerado tu intimidad? ¿Han atentado contra tu honor o tu imagen? En Le Morne Brabant (Madrid, Alicante y Valencia) contamos con abogados especialistas para proteger tus Derechos Fundamentales y reclamar la indemnización correspondiente.
¿QUÉ PROTEGE ESTE DERECHO?
Es un Derecho Fundamental de todas las personas, sean o no ciudadanos españoles. Se divide en tres ámbitos fundamentales:
EL HONOR
Protege la buena reputación de las personas, amparándolas frente a expresiones que le hagan desmerecer de la consideración ajena o menoscaben su fama.
LA INTIMIDAD
Se refiere al derecho que tienen todas las personas de mantener su ámbito de privacidad personal y familiar libre de intromisiones de terceras personas.
LA PROPIA IMAGEN
Implica que absolutamente nadie puede usar la imagen, voz o nombre de otro sin su consentimiento expreso (salvo en los casos específicos que la ley permite).
INTROMISIONES ILEGÍTIMAS
La existencia del perjuicio se presumirá siempre que se acredite la intromisión ilegítima. La ley considera como tales:
- Aparatos de escucha o grabación: Emplazamiento o uso de dispositivos ópticos o de audio para grabar o reproducir la vida íntima.
- Cartas y documentos: Revelación o publicación del contenido de cartas, memorias u otros escritos personales de carácter íntimo.
- Divulgación de la vida privada: Revelar hechos relativos a la vida privada que afecten a la reputación y buen nombre de la persona o familia.
- Revelación profesional: Revelar datos privados conocidos a través de la actividad profesional u oficial de quien los revela.
- Captación de imagen: Fotografiar o grabar la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada.
- Injurias y juicios de valor: Imputación de hechos o expresiones que lesionen la dignidad, menoscabando la fama de otra persona.
ACCIÓN CIVIL E INDEMNIZACIÓN
Están legitimados para interponer la demanda los titulares del derecho (o sus representantes legales/Ministerio Fiscal si son menores o incapaces).
El Procedimiento
Se decide por los trámites del juicio ordinario con carácter preferente. Agotada esta vía, cabe recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
La Indemnización
Se extenderá al daño moral valorado según las circunstancias y gravedad de la lesión. También se sumará el beneficio económico que haya obtenido el infractor por la vulneración.
PROTECCIÓN PENAL
Nuestro ordenamiento reserva la vía penal para los atentados más graves. Si la vulneración cruza el límite legal, podemos interponer querellas por delitos de injurias, calumnias o por el delito de descubrimiento y revelación de secretos personales y familiares.