Abogados laboralistas: El convenio colectivo
Para tener validez, los convenios colectivos habrán de celebrarse por escrito y ser presentados ante la autoridad laboral, siendo aplicables desde el momento en el que así lo acuerden las partes. Para cualquier otra duda, consulte con abogados laboralistas con amplia experiencia en Derecho Laboral, como lo son los abogados laboralistas de Le Morne Brabant.
Obligatoriedad del convenio colectivo
Los convenios colectivos obligan a todos los empresarios y trabajadores incluidos dentro de su ámbito de aplicación y durante todo el tiempo de su vigencia.
Ámbito de aplicación
Los convenios colectivos tendrán el ámbito de aplicación que las partes acuerden.
Contenido
Pueden regular materias de índole económica, laboral, sindical y, en general, cuantas otras afecten a las condiciones de empleo y al ámbito de relaciones de los trabajadores y sus organizaciones representativas con el empresario y las asociaciones empresariales.
El convenio colectivo habrá de expresar como contenido mínimo lo siguiente:
• Determinación de las partes que los conciertan.
• Ámbito personal, funcional, territorial y temporal.
• Condiciones y procedimientos para la no aplicación del régimen salarial que establezca el mismo, respecto de las empresas incluidas en el ámbito del convenio cuando éste sea superior al de empresa.
• Forma y condiciones de denuncia del convenio, así como plazo de preaviso para dicha denuncia.
• Designación de una comisión paritaria de la representación de las partes negociadoras para entender de cuantas cuestiones le sean atribuidas, y determinación de los procedimientos para solventar las discrepancias en el seno de dicha comisión.
Vigencia
Corresponde a las partes negociadoras establecer la duración de los convenios, pudiendo eventualmente pactarse distintos períodos de vigencia para cada materia o grupo homogéneo de materias dentro del mismo convenio.