¿Debes dividir la herencia y no sabes cómo se hace la correspondiente citación de los herederos para llevarlo a cabo? Te detallamos todos los pasos que has de seguir al respecto.
Pasos para citar a los herederos y dividir la herencia: en proceso judicial
Para poder dividir la herencia, se citará a los herederos mandando la notificación pertinente al domicilio conocido. Cuando no se conozca el domicilio en cuestión, será el juzgado pertinente el que haga las averiguaciones de turno. Si aún así la búsqueda no da su fruto, se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma en cuestión o en el propio BOE.
Cómo citar a los herederos y dividir la herencia ante notario
Cuando la herencia se va a dividir ante notario, será igualmente necesario citar a los herederos con la notificación correspondiente. En estos casos, habrá que citar a los herederos llamados a la herencia, a los legatarios no solicitantes, al donatario-legitimario y al cesionario de cuota de la herencia.
El modo de hacer este tipo de citaciones es algo que se regula en el artículo 202 del Reglamento Notarial. Un artículo que dice que la citación en cuestión se podría hacer presencialmente, o por correo certificado.
Plazo para la citación
Respecto a si hay o no un posible plazo, lo cierto es que no se recoge plazo alguno. Tampoco se hace lo propio para efectuar alegaciones. Será el propio notario el que tenga que dar un plazo razonable y valorar si es necesario nombrar a alguien que desempeñe la función de contador-partidor-dativo.
Cuando no se puede llevar a cabo la citación en este tipo de procedimientos, habrá que publicar la información mediante edictos del Ayuntamiento pertinente y en el BOE. Esto sucederá cuando el domicilio resulte desconocido.
Si el interesado reside en un país miembro de la UE, la citación podrá hacerse a través del cónsul de España. Pero cuando la persona no sea española, habrá que atender a lo que diga la legislación pertinente. En cualquier caso, cuando se realizan citaciones en el extranjero, también suelen anunciarse a través del BOE, puesto que son perfectamente accesibles a través de los anuncios del BOE. Opciones que son accesibles a través de internet en todo momento.
Ante los casos en los la persona a solicitar resida en un país que no sea miembro de la UE, puede hacerse a través de correo electrónico, o mediante equivalente, con acuse de recibo. También habrá que llevar a cabo la publicación correspondiente en el BOE.
Dividir la herencia es un proceso que puede dilatarse en el tiempo si no se hace correctamente. Tanto si se reside en España como en otro país miembro o no de la Unión, es importante hacerlo correctamente, según la legislación vigente.