En España, la indemnización por despido está regulada por la legislación laboral y fiscal, y su tributación depende de múltiples factores, como el tipo de despido y las cantidades percibidas. En esta guía te explicamos cómo tributa la indemnización por despido, las exenciones aplicables, y qué hacer en situaciones como el despido objetivo mejorado.
En Le Morne somos abogados laboralistas con más de 15 años de experiencia. Ofrecemos una primera consulta gratuita para solucionar todas tus dudas y resolverlas. No dudes en contactarnos.
¿Qué es la indemnización por despido?
La indemnización por despido es la compensación económica que recibe un trabajador cuando es despedido de manera justificada o injustificada. Su cuantía depende del tipo de despido, la antigüedad del trabajador y las causas del cese.
Existen varios tipos de despido que influyen en el cálculo de la indemnización:
- Despido objetivo: Se debe a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. La indemnización es de 20 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades.
- Despido improcedente: La empresa no puede justificar la causa del despido. La indemnización es de 33 días por año trabajado desde 2012, con un límite de 24 mensualidades.
- Despido disciplinario: El trabajador no tiene derecho a indemnización, salvo que el despido sea declarado improcedente
¿Cómo tributa la indemnización por despido?
La tributación de la indemnización por despido depende de varios factores. En muchos casos, parte o toda la indemnización está exenta de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), aunque hay excepciones que deben tenerse en cuenta:
- Exención hasta 180.000 euros: Las indemnizaciones derivadas de un despido objetivo o improcedente están exentas de tributación hasta 180.000 euros siempre que se ajusten a lo establecido legalmente.
- Exceso sobre la exención: Si la indemnización supera los 180.000 euros, el exceso debe incluirse en la base imponible del IRPF y tributar según los tramos de renta.
- Despidos colectivos o EREs: También están exentos, siempre que no se supere el límite exento por la normativa
- Despido disciplinario: Si es declarado procedente, no hay derecho a indemnización. Si es improcedente, puede aplicar la exención, pero solo hasta los límites legales
El finiquito y la declaración de la renta
Es importante diferenciar el finiquito de la indemnización por despido. El finiquito incluye salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas y pagas extraordinarias, que siempre tributan como rendimientos del trabajo y deben incluirse en la declaración de la renta.
¿Qué es el despido objetivo mejorado?
El despido objetivo mejorado se refiere a aquellos casos en los que la empresa ofrece una indemnización superior a la legalmente establecida (20 días por año trabajado). En este caso, el importe adicional también puede estar exento de tributación, siempre que no supere lo que correspondería en un despido improcedente (33 días por año trabajado).
Preguntas frecuentes
1. ¿Debo declarar la indemnización por despido en la renta?
Si tu indemnización no supera los límites establecidos por la ley (180.000 euros o el tope legal correspondiente al tipo de despido), no tendrás que declararla. Si la indemnización es superior a estos límites, deberás tributar por el exceso.
2. ¿Tributa el finiquito?
Sí, el finiquito siempre tributa como un rendimiento del trabajo, independientemente de la cuantía.
3. ¿Qué ocurre si la empresa mejora la indemnización?
Si la empresa mejora la indemnización, esta mejora también puede estar exenta de tributar, siempre que no supere los límites de lo que correspondería en un despido improcedente