La aparición de internet llevó pareja la eclosión de los delitos informáticos. Conocer cuáles son las modalidades y su penalización es fundamental para saber dónde están los límites.
La legislación española sobre delitos informáticos
Los delitos informáticos en España pueden ser de varios tipos. Se hace referencia a los más comunes y a sus respectivas penas, aunque lo cierto es que el Código Penal ha tenido que modificarse a marchas forzadas.
1. Ciberestafa
Este es el caso más habitual y está relacionado con el uso fraudulento de datos personales. El estafador obliga a contratar a una parte unos productos de los que no tiene conocimiento o a jugar unas cantidades de dinero. La sanción establecida según los artículos 248 y 249 del Código Penal es de 6 meses a 6 años de prisión y la multa de 1 a 12 meses, variando en función de la gravedad de lo robado.
2. Phishing
El phishing, o robo de datos personales, puede tener o no un ánimo de lucro. En cualquier caso, esta práctica está perseguida por ley y penada. Aunque no haya lucro, el artículo 401 del Código Penal sí establece penas para el delito de suplantación de identidad. Las penas establecidas son de 6 meses a 3 años de prisión.
3. Grooming
El grooming, o engaño pederasta, es uno de los problemas más graves que se están dando por el uso de internet. Este delito implica el uso de fotografías y archivos de menores. La pena establecida es de 6 meses a 3 años de cárcel y multa de 12 a 24 meses, según el artículo 183 bis.
4. Cyberbullyng
El cyberbullyng puede o no tener finalidad sexual, pero se da entre adultos y se utilizan herramientas informáticas como redes sociales, chats o foros en internet. La pena para este tipo de delito está establecida en los artículos 172 y 197.7 del Código Penal, las penas de prisión pueden ser de entre 3 meses y 5 años y las multas de entre 6 y 24 meses.
5. Daños y sabotaje informático (cracking)
Los daños y sabotaje informático se dan con el uso de software malicioso, también denominado malware. Estas prácticas tienen un gran perjuicio para organizaciones y empresas. La penalización es de 3 meses a 2 años de prisión y de multa de 3 a 18 meses según el artículo 197 del Código Penal.
6. Delitos contra la propiedad intelectual
Los delitos contra la propiedad están relacionados, bien con las descargas ilegales, bien con el uso de patentes o copia de obras artísticas o científicas. Eso sí, para que ello suceda ha de haber un ánimo de lucro, directo o indirecto. Las penas que establece los artículos 270 a 272 del Código Penal son de 6 meses a 4 años y con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad.
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