¿Podemos negarnos a la movilidad funcional para afrontar un ere?

Uno de los casos recurrentes al afrontar un ERE es el de la movilidad funcional. Muchas empresas ofrecen esa posibilidad como alternativa a los despidos. Indicaremos si el trabajador está obligado a aceptar esta opción.

Cómo afrontar un ERE: la cuestión de la movilidad funcional

Aunque el concepto de movilidad funcional puede resultar ambiguo, la verdad es que es bastante simple. La idea es que un trabajador puede ser conminado a realizar funciones para las que, en principio, no fue contratado.

Cuando se afronta un ERE, la cuestión se complica porque sí es lícito que la empresa, por una cuestión de reciclaje profesional, asigne nuevas funciones al trabajador. Este supuesto está registrado en el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores. Ahora bien, hay unos límites que conviene conocer.

  1. Cualificación profesional

Es imprescindible que el trabajador tenga una cualificación profesional suficiente para afrontar sus tareas. En el caso de que no sea así, tiene derecho a negarse a aceptar el traslado. Tener en cuenta este aspecto es importante para que no haya ningún tipo de problema.

  1. Respetar la dignidad del trabajador

Esta cláusula está concebida para evitar situaciones de mobbing laboral. Las nuevas funciones que se asignen no pueden ser en ningún caso un castigo o una medida de presión. Aunque este factor es relativo, sí sería motivo suficiente para dar por nulo cualquier cambio.

  1. Motivar la decisión en criterios objetivos

Aunque no haya una voluntad de castigar al trabajador, los cambios tienen que justificarse. Este elemento es imprescindible para evitar arbitrariedades que resulten perjudiciales.

  1. Medida provisional

Este recurso es excepcional y, por lo tanto, solo se puede utilizar de manera provisional. Si un trabajador está realizando funciones superiores a las que le pertenecen seis meses al año u ocho durante dos años podrá reclamar un ascenso de categoría profesional.

  1. Retribución justa

Cuando hablamos de una retribución justa, nos referimos a que lo que se cobre tiene que ajustarse a las nuevas funciones que se van a asumir. De lo contrario, habría un problema.

En el momento de afrontar un ERE, los empresarios pueden plantear esta posibilidad. Con carácter general, y si se cumplen todas las condiciones, no hay motivo para negarse. Ahora bien, lo habitual es que se negocie esta circunstancia en empresas medianas y grandes.

Conclusión

Es conveniente conocer cómo la legislación laboral puede permitir que el trabajador asuma nuevas funciones para las que no fue contratado. La movilidad funcional es un principio que se está extendiendo en varias empresas.

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