Aspectos que valora el juez a la hora de otorgar la custodia compartida

La custodia compartida es uno de los regímenes de relación de los hijos menores con sus progenitores en caso de separación, divorcio o ruptura de la pareja de hecho. En la custodia monoparental se concede la custodia de los hijos menores a un solo progenitor. En la custodia compartida ambos progenitores se reparten por igual el tiempo de guardia y custodia de sus hijos. 

Criterio del Tribunal Supremo 

Según la doctrina del Tribunal Supremola custodia compartida no es una medida excepcional sino que, al contrario, habrá de considerarse normal e incluso deseable. Por lo tanto, la jurisprudencia del Tribunal Supremo aboga por la custodia compartida. Los menores deben relacionarse con ambos progenitores siempre que sea posible. Sin embargo, cuando se produce una ruptura conyugal conflictiva resulta muy difícil que los cónyuges alcancen un acuerdo sobre la custodia de los hijos menores.  En este caso, será el juez el encargado de decidir si corresponde establecer la custodia compartida o la custodia monoparental. Por lo general, si hay falta de acuerdo se concede la custodia monoparental a favor de la madre. De forma excepcional, se puede conceder al padre, en función de la prueba practicada en el procedimiento. Por este motivo, es muy importante saber los criterios del juez para conceder la custodia a ambos progenitores.

Aspectos esenciales que valora el juez a la hora de otorgar la custodia compartida

Los principales aspectos en esta materia valorados por el Juez son las siguientes: 

  • La edad de los hijos. Si los hijos son lactantes o menores de 3 años es más difícil que se conceda la custodia compartida.
  • En algunos casos, se podrá optar por un régimen progresivo de custodia compartida.
  • La relación de los padres con los hijos durante el matrimonio.
  • Es necesario que ambos progenitores hayan participado en la educación y actividades de los menores.
  • Que ambos progenitores tengan capacidad para cuidar a los hijos menores.
  • Que ambos progenitores puedan conciliar su vida laboral y familiar.
  • Se tendrá en cuenta la disponibilidad y los horarios de trabajo de los progenitores. 
  • Que haya proximidad geográfica del domicilio de los padres al centro escolar de los hijos menores.

Aspectos secundarios valorados judicialmente

  • Que haya una buena relación entre ambos progenitores. 
  • Que no separen a los hermanos, en el caso de que tengan varios hijos.
  • Que la vivienda de ambos progenitores sea adecuada para los menores.
  • Que la custodia compartida no interfiera en el entorno social, familiar y escolar del menor.
  • También se valorará la existencia de apoyos familiares de los padres para atender las necesidades de los menores.

Los requisitos enumerados son generales. El Juez tendrá que valorar las circunstancias que concurren en cada caso concreto. Por eso, es muy importante que en el procedimiento judicial se aporten las pruebas necesarias.  

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