Reincorporación después de vacaciones

La reincorporación después de vacaciones al puesto de trabajo es excepcional este año debido al Covid-19. ¿Es posible teletrabajar o hay que incorporarse presencialmente? Aquí le ofrecemos todos los detalles al respecto.

La reincorporación después de vacaciones: todo lo que hay que saber

Lo primero que hay que tener presente es la situación inmediatamente previa a las vacaciones. Si estas se tomaron finalizado el Estado de Alarma, lo lógico será que se vuelva al trabajo en el mismo formato. La Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, del Ministerio de Sanidad, consideraba preferente el teletrabajo cuando fuese posible.

En cualquier caso, hay que señalar dos cuestiones. La primera, que hay normativa autonómica que puede matizar algunos aspectos legales relevantes. En segundo lugar, no hay que olvidar que la propia orden permite a las empresas dictaminar sus protocolos de reincorporación. Un abogado laboralista es conocedor de cuáles son los detalles normativos del momento, por eso es recomendable llevar a cabo una consulta individual en caso de duda.

Ahora bien, es posible que en algunos lugares se hayan tomado medidas de confinamiento y restricciones. Si esto sucede, conviene señalar que la prioridad máxima sigue siendo la salud. Por lo tanto, es posible alegar esa situación para evitar la reincorporación presencial, siempre que sea posible.

¿La reincorporación mediante el teletrabajo puede ser unilateral?

Como principio general, no es posible reincorporarse mediante el teletrabajo de una forma unilateral. Es preceptivo consultar esta cuestión previamente a los gerentes de la empresa. En el caso de que exista un protocolo establecido de reincorporación, sí se podría negociar esta posibilidad.

Lo importante, sin embargo, es señalar que una medida unilateral solo se podría tomar en determinadas situaciones. La primera, una alerta sanitaria en la localidad en la que está ubicado el centro de trabajo. En segundo lugar, la necesidad demostrable de cuidar de un familiar afectado por Covid-19. Finalmente, el hecho de haber sido contacto directo de un afectado. Como se puede ver, tiene que concurrir una causa importante.

La reincorporación después de vacaciones mediante teletrabajo es posible, pero conviene señalar que hacerlo unilateralmente es complicado.

¿A quién hay que reclamar si no hay acuerdo?

La reclamación para el teletrabajo tiene que realizarse mediante dos vías. Son las siguientes:

  1. La gerencia o el departamento de Recursos Humanos de la empresa, utilizando el protocolo de reincorporación que exista. Si no hay un protocolo, se puede recurrir a las correspondientes órdenes ministeriales.
  2. El Juzgado, en caso de que haya un riesgo claro para la salud de las personas. Eso sí, solo valdrá en caso de alertas sanitarias o medidas excepcionales de confinamiento.

En definitiva, hay mecanismos excepcionales para reclamar el teletrabajo en caso de que la reincorporación presencial no sea segura.

Conclusión

La reincorporación después de vacaciones tiene que ser, si no ha habido modificaciones, igual que antes de tomarla. Las personas que necesiten asesoramiento legal especializado pueden hacerlo gracias al despacho Le Morne. La firma cuenta con un equipo de especialistas en derecho laboral.

La primera visita es gratuita y hay facilidades de financiación interesantes. Puede contactar mediante el teléfono gratuito 900 373 604, el formulario web, videollamada o el servicio de consulta abogado gratis online.

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