Familiar sin herederos

En principio, los herederos forzosos son los hijos o el cónyuge. Ahora bien ¿tengo derecho a la herencia si un familiar fallece sin dejar herederos? Lo explicamos mejor

¿Cuáles son los herederos si no hay familiares directos?

El Código Civil establece un orden de prioridades en el derecho de herencia. De esta manera, se funciona de mayor a menor vinculación (primer y segundo grado) hasta que se extinga el parentesco en el cuarto grado. Cuando esto sucede, la herencia pasará a manos del Estado, de ahí que consideremos importante otorgar testamento si se quiere designar a un heredero. Sí que tengo derecho a la herencia si no hay familiares más próximos que la puedan reclamar.

Cuando no hay hijos, los herederos preferentes del fallecido son los padres si estos viven y al cónyuge le corresponderá el usufructo del 50 % de la herencia. Si ninguno de los padres viven, el heredero universal con pleno derecho a la propiedad es el cónyuge. De esta manera, resultará más sencillo conocer cuáles son los derechos de cada parte desde el principio.

En caso de que no haya ni padres, ni hijos ni cónyuge, los herederos son los hermanos y, si estos no viven, o ha fallecido alguno de los hermanos heredarán los tíos y los sobrinos. El caso de las personas solteras que fallecen a una edad avanzada es el más común. Si no se testa de manera expresamente, estas serán las personas que heredarían.

Finalmente, si no hubiese hermanos ni sobrinos, heredarían los tíos y los primos hermanos. Por lo tanto, el derecho a la herencia se prolonga hasta el cuarto grado de parentesco. Tener en cuenta este aspecto es importante para que no haya ningún problema a la hora de determinar los herederos legítimos

Es importante indicar que, cuando no haya ningún tipo de heredero con más derechos, la persona en cuestión tendría derecho a reclamar su parte. Eso sí, conviene recordar que las acciones de reclamación prescriben a los 30 años de iniciarse el proceso sucesorio.

Conclusión

Los pleitos por reclamación de herencias han aumentado los últimos años y en ello tienen mucho que ver las actuales circunstancias. Mueren más personas sin hijos y, en ocasiones, estas no han testado. Por lo tanto, habría una serie de circunstancias en las cuales se podría heredar. Eso sí, es importante comprobar que no hay ningún otro heredero que nos preceda. Si hay otro con el mismo derecho, se repartiría la herencia a partes iguales.

El primer paso es tener constancia del óbito y, en caso de personas con las que no había relación y que vivan lejos, puede ser complicado. De hecho, esto ha sido habitual con familiares que vivían en Latinoamérica y de los que no se sabía nada. Para no dejar que pase el tiempo, lo preceptivo es iniciar las acciones cuanto antes.

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